La independencia de Cataluña se proclamará el lunes, según la CUP

Carles Puigdemont (der.), en el Parlamento catalán. / Twitter
Carles Puigdemont (der.), en el Parlamento catalán. / Twitter

Junts pel Sí y la CUP piden un pleno para que Puigdemont valore los resultados del 1 de octubre. Los tres partidos de la oposición presentaron escritos de reconsideración que fueron desestimados.

La independencia de Cataluña se proclamará el lunes, según la CUP

Junts pel Sí y la CUP han registrado en el Parlament la petición de comparecencia del presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, para el próximo lunes, para que valore la celebración del referéndum del 1 de octubre y detalle los "efectos" del mismo.

De acuerdo a El País, el único punto del día del pleno es la comparecencia de Puigdemont pero, según ha afirmado la diputada de la CUP, Mireia Boya, el pleno servirá para "proclamar la independencia y la república catalana".

En una comparecencia en el Parlament, los diputados Benet Salellas y Mireia Boya han reconocido que han mantenido discrepancias con Junts pel Sí porque la CUP hubiera celebrado el Pleno "lo antes posible".

La CUP ha indicado que aún están estudiando con Junts pel Sí la estructura del Pleno en el que quieren proclamar la independencia. Fuentes parlamentarias han explicado que en la reunión de la Mesa JxSí ha remarcado que Puigdemont desea dirigirse al pleno para valorar los resultados del referéndum convocado por el Govern de la Generalitat de Cataluña, amparado en una ley que fue suspendida por el Tribunal Constitucional.

Xavier García Albiol, líder del Partido Popular, ha sido tajante. "La independencia no se va a llevar a cabo sea el día 9, el 10 o el 8", ha afirmado el senador.

Según resalta El Periódico, el artículo 4 de la ley del referéndum dicta que si vencía el "sí" en el referéndun se debía proceder a una declaración formal de independencia en el Parlament. La petición de Junts pel Sí y la CUP no incluye de momento ninguna votación.

Los grupos de la oposición han advertido de que si se invoca el artículo 160 del reglamento del Parlament, solo se trataría de una comparecencia del presidente, pero ello no excluye la posibilidad de que se pueda invocar el artículo 81.3 del reglamento para un cambio del orden del día que incluyera una votación.

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