Impedir la reunión de ex-presos de ETA correspondía al Gobierno de España

Jorge Fernández Díaz.
Jorge Fernández Díaz.

Que concurran al acto ex-presos de ETA no confiere a la autoridad judicial especializada de la Audiencia Nacional una competencia que no está así prevista por la ley.

Impedir la reunión de ex-presos de ETA correspondía al Gobierno de España

Seamos serios, señor ministro del Interior: impedir la reunión de ex-presos de ETA correspondía  al Gobierno! Que concurran al acto ex-presos de ETA no confiere a la autoridad judicial especializada de la Audiencia Nacional una competencia que no está así prevista por la ley.

Lo más sorprendente de lo que pasó en Durango el sábado pasado es en sí mismo el hecho de que este asunto haya sido judicializado. Porque si se trataba de una reunión "ilícita", a quien corresponde en todo caso impedir su celebración es a la autoridad gubernativa, de conformidad a los parámetros  legales que regulan el ejercicio de este derecho fundamental.

La prevención del delito no es competencia de los jueces, sino de las fuerzas y cuerpos  de seguridad, bien sean estatales o autonómicas. En este sentido, la ley orgánica 3/1985, establece con claridad que corresponderá así a la  autoridad gubernativa, es decir, al Gobierno,  la suspensión y, en su caso, la  disolución de  las reuniones que  se consideren ilícitas de conformidad con las leyes penales.

Que concurran al acto ex-presos de ETA no confiere a la autoridad judicial especializada de la Audiencia Nacional una competencia que no está así prevista por la ley, si no existe la constancia de un delito ya cometido.

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