La Fiscalía estudia hacer en Cataluña acusaciones de conspiración para la sedición

Si la sedición fuese cometida por una autoridad, como eventualmente sería el caso de los parlamentarios y/o gobernantes catalanes, la pena prevista es prisión de 10 a 15 años.

La Fiscalía estudia hacer en Cataluña acusaciones de conspiración para la sedición

Si la sedición fuese cometida por una autoridad, como eventualmente sería el caso de los parlamentarios y/o gobernantes catalanes, la pena prevista es prisión de 10 a 15 años.

La Fiscalía estudia hacer en Cataluña eventuales acusaciones de conspiración para la sedición. Según el Código Penal, la conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo. La conspiración sólo puede castigarse en los delitos que de forma expresa lo prevean. La sedición es uno de ellos. Este delito se dirige contra quienes "se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad (...) el legítimo ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales".

Si la sedición fuese cometida por una autoridad, como eventualmente sería el caso de los parlamentarios y/o gobernantes catalanes, la pena prevista es prisión de 10 a 15 años, además de inhabilitación por el mismo tiempo.

La conspiración, la provocación y la proposición se castigan con penas inferiores que, como mínimo, alcanzarían los dos años y medio de cárcel e inhabilitación. Sus autores no podrían, por tanto, eludir el ingreso en prisión en caso de condena porque sólo puede ser suspendida la ejecución de los fallos que estén por debajo del umbral de los dos años de privación de libertad.

La clave de la tipificación del delito de sedición, según expertos de la Fiscalía consultados por el diario El Español, es el alzamiento de un sector de la población, en este caso para impedir la aplicación de la Constitución en Cataluña o -cuando se produzca- impedir el cumplimiento de los acuerdos del Tribunal Constitucional que suspendieran la aplicación de la resolución secesionista.

La tesis que se maneja en Madrid es que, al tratarse de una conspiración, no es preciso que el alzamiento se haya consumado, sino que basta con que el levantamiento de un sector del pueblo sea la finalidad de los promotores de la sedición o demostrar que ése será el resultado razonablemente previsible de continuar los promotores con su plan delictivo.

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