¿Propone Tezanos resucitar la censura de la prensa española crítica con el actual Gobierno?

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Tezanos llama a la censura disciplina social.
Como ahora a la censura se la llamará "disciplina social" habrá que crear un cuerpo de censores, porque alguien deberá procesar la información de los diversos medios, antes de ser difundida.
¿Propone Tezanos resucitar la censura de la prensa española crítica con el actual Gobierno?

La pregunta trampa que el presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos, ha colado en la última encuesta del CIS recuerda inevitablemente, no ya la censura en su conjunto, sino el tristemente famoso artículo 2 de la Ley de Prensa de Fraga, que los periodistas de aquel tiempo padecieron hasta 1977, en que estuvo vigente, y que advertía de que se podía criticar a las autoridades “con el debido respeto”. Pero como no se explicaba qué era el debido respeto y sus límites, cualquier gobernador civil, alcalde o funcionario del Ministerio de Información y Turismo podía determinarlo a su albedrío. Ahora viene a ser lo mismo, ¿quién determina y con qué instrumentos si una información o una crítica al Gobierno esté dentro de los límites de lo permitido?

Las palabras quieren decir lo que dicen. Veamos la pregunta: "¿Cree usted que en estos momentos habría que prohibir la difusión de bulos e informaciones engañosas y poco fundamentadas por las redes y los medios de comunicación social, remitiendo toda la información sobre la pandemia a fuentes oficiales, o cree que hay que mantener libertad total para la difusión de noticias e informaciones?".

Y sobre esta pregunta surgen otras:

1. ¿Cómo se prohíbe la difusión de bulos e informaciones engañosas y poco fundamentadas por las redes y los medios de comunicación social?

2. ¿Qué se considera un bulo e informaciones engañosas?

3. ¿Qué se considera informaciones poco fundamentadas?

4. ¿De qué modo se va a remitir toda la información a fuentes oficiales?

5. ¿Qué se tiene que hacer para mantener libertad total para la difusión de noticias e informaciones?".

Tezanos ha conseguido para el Gobierno la respuesta que esperaba y la mayoría de los encuestados, un 66%, se mostraba a favor de "controlar" la información. ¡Viva la censura! También Franco ganaba los referendos con el 99 por ciento de los votos sobre el censo o más. Pero si la pregunta es insólita, no lo es menos el comentario del jefe del CIS, quien, tomando por estólidos al conjunto de los españoles diga que no se propone en ningún momento que exista censura, aunque reconoce que podría hacerse. Y para ello recurre al argumento de que en situaciones extremas de guerra o conflicto podría plantearse.

Supone este señor que los españoles tragan de todo, y por lo tanto, sin decirnos qué son bulos o informaciones poco fundamentadas habrá que crear un cuerpo de censores, porque alguien deberá procesar la información para que no se incurra en los mismos. O sea que, en la radio, los informativos deberán ser pasados previamente a la oficina correspondiente para ser visados, los periódicos a consulta previa, mediante depósito antes de su difusión y así sucesivamente. ¿O de qué otro modo se va a controlar la información?

Tezanos, enormemente creativo, ha inventado un término. Ahora a la censura se la llama “disciplina social”, obviamente administrada por el Gobierno, con lo que están de acuerdo la mayoría de los españoles. Realmente es divertido, sino fuera trágico el argumento de Tezanos de que se deben impedir las informaciones disparatadas que perturban la atención clínica, y para rematar a la censura la llama ahora “coordinación”. Se entiende. O sea, que empezamos por el asunto del coronavirus y podemos llegar, cuando al Gobierno le convenga, a aplicar la misma “disciplina social”, de una única fuente oficial llegado el caso a lo que sea.

Y volviendo la oración por pasiva, nos dice que es al CIS, a quien no se le puede imponer censura alguna sobre lo que puede o no preguntar. Y en el colmo de la desvergüenza reduce la cosa a una mera consulta sociológica, que no tiene ninguna importancia, sino que es una parte más de los estudios de este tipo.

Artículo 2 de la Ley de Prensa de Fraga de 1966. "Extensión del derecho.—La libertad de expresión y el derecho a la difusión de informaciones reconocidos en el artículo 1.° no tendrán más limitaciones que las impuestas por las leyes. Son limitaciones: el respeto a la verdad y a la moral; el acatamiento a la Ley de Principios del Movimiento Nacional y demás Leyes Fundamentales; las exigencias de la defensa nacional, de la seguridad del Estado y del mantenimiento del orden público interior y la paz exterior: El debido respeto a las instituciones y las personas en la crítica de la acción política y administrativa; la independencia de los Tribunales, y la salvaguardia de la intimidad y del honor personal y familiar." @mundiario

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