¿Es que se puede sostener que Puigdemont sea elegido presidente “in absentia” con validez efectiva?

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Mariano Rajoy y Puigdemont en la Moncloa.

"A más a más", como se dice en Cataluña, los que desoyeron los informes de los letrados del Parlament de Cataluña, invocaron ahora su viático para determinar cómo llevar a cabo el montaje de la elección del próximo presidente de la Generalitat, teniendo en cuenta la prisión preventiva de unos y la huída a Bélgica de quien se postula como candidato.

¿Es que se puede sostener que Puigdemont sea elegido presidente “in absentia” con validez efectiva?

Pero, ¿en qué quedamos? Si Oriol Junqueras es un “preso político”, ¿para qué perder el tiempo analizando su situación procesal si es víctima de un Estado totalitario, no democrático, fascista, que no respeta los pactos y convenios sobre Derechos Humanos suscritos por España y la mismísima Carta de las Naciones Unidas? Si es un preso político sobra todo lo demás, ya que es víctima de una dictadura en la que Gobierno y jueces forman un aparato represor combinado. Todo esto es parte de la referida doctrina que repetidamente se viene evacuando contra la reacción del Estado ante la rebelión de Cataluña.

Faltaba una guinda: el recurso ante el Tribunal Constitucional contra la aplicación del artículo 155 de la Constitución por anticonstitucional. Ni en una ópera bufa ni en el mejor guiñol se les ocurría nada mejor: O sea, que los que vulneraron la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Cataluña invocan ahora a su favor la Constitución que ignoraron, por una cuestión de proporcionalidad, y los mismos que incumplieron las sentencias del Tribunal Constitucional invocan ahora su amparo.

Y a más a más, como se dice en Cataluña, los que desoyeron los informes de los letrados del Parlament de Cataluña, invocaron ahora su viático para determinar cómo llevar a cabo el montaje de la elección del próximo presidente de la Generalitat, teniendo en cuenta la prisión preventiva de unos y la huída a Bélgica de quien se postula como candidato.

¿Faltaba algo más? Sin duda: el ex president Oriol Junqueras pide su traslado a una cárcel catalana. Lo cuestión no es baladí. La administración carcelaria de aquella comunidad está fuera del sistema de la administración carcelaria general del Estado, por ser una competencia transferida en su día a Cataluña, y que, por cierto, está pendiente de transferir al País Vasco.

Cartel a favor de los encarcelados.

Cartel a favor de los encarcelados.

Imposible pacto político

Y todavía se habla de “un pacto político” para el regreso del escapado, como si el Gobierno pudiera imponer al Tribunal Supremo que anule los procesos en marcha para que Puigdemont pueda ser elegido presidente. Pero como eso no es posible, se deja en manos de la mesa del Parlament la posibilidad de que el ausente presente su candidatura y opción telemáticamente. Visto cómo se ha constituido la mesa y los antecedentes todo es posible,

Se viene manejando con enorme astucia el principio jurídico de que donde la ley no distingue no se puede distinguir. Los secesionistas invocan que el reglamento de la cámara no dice nada respecto a que un diputado pueda usar esta tecnología para preservar su representación en la investidura. Si que contempla intervenciones por videoconferencia a los expertos y personalidades citadas a comparecer en comisiones parlamentarias pero no en los debates en el pleno. ¿Podría otro diputado presentar en ausencia el programa de Puigdemont?

Depende de cómo interprete la mesa el reglamento de la Cámara. De todos modos, si Puigdemont no se presenta físicamente (aunque se le permitiera presentar su programa telemáticamente), ¿cómo va a votarse a sí mismo? El huido no entra entre las excepciones que permiten delegar el voto (baja por maternidad o paternidad, y en situaciones de hospitalización por enfermedad grave o incapacidad debidamente acreditadas).

La situación es extremadamente anómala y se sumará a los episodios precedentes (Declaración unilateral de independencia (DUI) y la aplicación del artículo 155 de la Constitución). Si se insiste en investir presidente al huído volveremos al punto de partida de los plenos del 6 y 7 de septiembre, en los que se aprobaron las leyes del referéndum y de transitoriedad, anuladas por el Tribunal Constitucional. Y nótese que será especialmente comprometida la situación procesal de Carme Forcadel (si vuelve a presidir la cámara catalán a), quien, para lograr su libertad, aparte de la fianza, se comprometió ante el Tribunal Supremo a no reiterarse en comportamientos delictivos. Y lo que se pretende lo es.

Vuelta a empezar: Recurso ante el Constitucional, suspensión cautelar del acto recorrido, extensión de responsabilidades penales. Y se va a implicar a todo el mundo, incluido el Rey, que no podría refrendar el nombramiento definitivo del nuevo president. ¿Se puede forzar la interpretación del Reglamento de la Cámara? Ya hemos visto que sí. Lo que pase luego será otra cosa.

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