Delitos sexuales: De La Manada al Gobierno de coalición

Consejo de Ministros de Pedro Sánchez. / Mundiario
Consejo de Ministros de Pedro Sánchez. / Mundiario
El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley de libertad sexual.
Delitos sexuales: De La Manada al Gobierno de coalición

Tras la controvertida sentencia de La Manada dictada hace poco menos  de dos años, tanto el PP como el PSOE asumieron la necesidad de adaptar la tipificación de los delitos sexuales a la realidad social, una inquietud de reforma del Código Penal que quedó aparcada por las sucesivas  convocatorias electorales, y que este martes 3 de marzo aprueba el Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos en Consejo de Ministros.

Los penalistas a la hora de abordar la posible modificación del capítulo del Código  sobre delitos sexuales admiten las dificultades que se presentan  para recoger y estructurar en la ley los supuestos socialmente más reprochables;  conductas de muy diverso tipo, desde los tocamientos al acoso callejero, pasando por las penetraciones con intimidación.  Pero la mayor parte de la academia coincide que se debe  eliminar  de la ley española el término “abuso” y considerar como “agresión” todos los atentados contra la libertad sexual.

En el proyecto que hoy  se aprueba por el Gobierno se recupera el  delito de violación, que salvo que sean delitos acumulados no superará  la pena máxima de los homicidios, 15 años,   cuando  la víctima sea menor de edad; y   se comprendería tambien dentro de la violación  todos  aquellos casos en los que la penetración llegue tras haber ingerido la víctima alguna droga que merme su voluntad. Se trata de eliminar la distinción entre agresión y abuso sexual, considerándose delito de agresión sexual toda violencia sexual física no consentida, con tipos atenuados o agravados en función de los supuestos concretos.

Por otra parte,  también resultaría  necesario  crear  un tipo penal específico para los delitos de agresión sexual colectiva, y otro tipo específico,   dentro de los delitos de coacciones, para sancionar como delito  el acoso sexual callejero que suponga una situación intimidatoria para la víctima.

A mi juicio,  encuentra poca  justificación sistemática la regulación de estos delitos contra la libertad  sexual a iniciativa del Ministerio de Igualdad,  en un texto legal distinto del Código Penal, que, como se ha llamado muchas veces,  es la constitución "en negativo". @mundiario

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