La cúpula judicial española se sume en el pozo del desprestigio internacional

Tribunal Supremo de España./ RRSS
Tribunal Supremo de España./ RR SS

La justicia tiene el grave problema de su falta de medios materiales y personales, ya que sólo ejercen la mitad de la media de jueces de la UE. Pero en los niveles intermedios no existe problema de parcialidad, el cual es gravísimo en el Supremo y la Audiencia Nacional y aún en los Tribunales Constitucional y de Cuentas.

La cúpula judicial española se sume en el pozo del desprestigio internacional

La justicia española tiene el grave problema de su falta de medios materiales y personales, ya que sólo ejercen la mitad de la media de jueces de la Unión Europea. Pero en los niveles intermedios no existe problema de parcialidad, el cual es gravísimo en el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional y aún en los Tribunales Constitucional y de Cuentas.

La reciente decisión de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS Ca) acordando por 15 magistrados contra 13 volver a la jurisprudencia anterior a su sentencia de 16 de octubre y, por tanto, atribuyéndole el pago del Impuesto sobre las hipotecas a los consumidores, constituye uno de los hechos más graves de la historia de la democracia ma non troppo española. Porque no solo mostró la falta de neutralidad de su Presidente, Díez- Picazo, y de su mayoría a las continuas presiones de la Banca (incluso públicas a lo largo de los dos días enteros de deliberación). No. Lo peor es que asumieron que no les importaba que la ciudadanía pensara de ellos que eran parciales. Y eso es un golpe letal al Estado de Derecho.

La sentencia de 16 de octubre ya había eliminado del ordenamiento jurídico el artículo 69.2 del Reglamento del dicho Impuesto, que le atribuía el pago a los consumidores. Por tanto, la única vía legal para salvar a los Bancos de las reclamaciones de los impuestos pagados por los consumidores desde muchos años atrás era reinterpretar el artículo 29 de la Ley del impuesto, que díspone que haya que pagar el beneficiario de la escritura notarial. Es decir, el TS C-a salva a los Bancos al considerar a los consumidores los beneficiarios de las hipotecas. Un argumento ilógico y que vulnera todas las reglas del Derecho Tributario. El mundo al revés.

Este gravísimo daño reputacional se le añade  al grave desprestigio internacional del TS y de la Audiencia Nacional ( AN). En el orden civil el Tribunal de la Unión Europea (TJUE) fue quien implantó en el Estado la protección del consumidor bancario que despreciaban la ley española y el TS. En el orden penal, el TS hubo de retirar las euroórdenes contra los exiliados catalanes por su parcialidad al acusarles de un inexistente delito de rebelión. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos anuló la doctrina Parot y declaró parcial  a la magistrada Angela Murillo respeto a Otegi.

La cúpula judicial del TS y de la AN está desprestigiada por su politización partidista. La democracia necesita de buenos jueces. Los tenemos en los níveles inferiores y medios, si bien en una cuantía equivalente a la mitad de la media europea. Pero, no los tenemos, por lo menos en la cuantía precisa, en los niveles superiores. @mundiario

Comentarios