El Constitucional bendice la ley de amnistía, la más controvertida de la democracia reciente

Reunión del Pleno del Tribunal Constitucional. / @TConstitucionE.
Amparada en una interpretación flexible de la Constitución, la decisión ha sido respaldada por el bloque progresista de la corte y cuestionada por el conservador.

El Tribunal Constitucional ha hablado. Y con su fallo, lejos de cerrar un capítulo, ha confirmado que la ley de amnistía no es un punto final, sino una coma en la compleja y aún irresuelta frase de la política territorial española. Con seis votos a favor y cuatro en contra, el tribunal ha respaldado los pilares fundamentales de la norma que borra la responsabilidad penal de decenas de líderes y activistas vinculados al procés catalán. El argumento central: la ley sirve a un interés público legítimo, el de normalizar la vida política en Cataluña. Pero bajo esta resolución late una pregunta que resuena más allá de los márgenes del Derecho: ¿es la reconciliación compatible con la amnesia institucional?

Desde el plano jurídico, el Constitucional ha optado por una interpretación elástica pero no improvisada del texto constitucional. La amnistía, en efecto, no está expresamente contemplada ni prohibida en la Carta Magna. Y en ausencia de un veto explícito, la mayoría del tribunal ha defendido que lo que no está vedado forma parte del margen de maniobra del legislador democrático. Una postura audaz, si se quiere, que asume que las leyes pueden nacer de coyunturas excepcionales y que la excepcionalidad puede justificar borrones selectivos.

Sin embargo, el fallo no ha sido unánime ni inocuo. La división entre los magistrados progresistas y conservadores evidencia que lo que está en juego no es solo una interpretación de la ley, sino dos visiones de país. Para unos, la amnistía representa un gesto de distensión institucional; para otros, una cesión inadmisible frente a quienes desafiaron el marco constitucional. El choque de legitimidades —la de las urnas frente a la del Estado de derecho— vuelve a escena, y lo hace sin matices.

La sentencia también pone límites. Declara inconstitucional parte del artículo 1 por generar una desigualdad de trato entre los independentistas amnistiados y quienes se opusieron a ellos desde posturas legales pero radicales. También corrige el marco temporal de aplicación, cerrándolo en noviembre de 2023. Y exige una mayor inclusión procesal en los procedimientos ante el Tribunal de Cuentas. Son ajustes menores en lo sustantivo, pero significativos en lo simbólico: el tribunal no ha otorgado carta blanca, aunque sí ha bendecido el fondo del asunto.

El texto, cuidadosamente redactado, niega que estemos ante una autoamnistía y rechaza cualquier intención de desautorizar al Poder Judicial. En ese punto, la resolución marca distancias con aquellas experiencias internacionales en las que la amnistía fue sinónimo de impunidad pactada. España, se nos dice, sigue siendo un Estado de derecho y esta ley no es una puerta trasera para blindar a nadie. Pero la sombra de sospecha —alimentada desde la oposición y por parte de la judicatura— sigue proyectándose sobre la legitimidad del proceso.

Más allá de lo legal, el debate sigue siendo político. La ley de amnistía no nace del vacío, sino de una necesidad de pactos que salven legislaturas y que, al mismo tiempo, intenten curar una fractura territorial que sigue abierta. En ese contexto, el Constitucional ha optado por no convertirse en freno. Ha elegido no erigirse en un poder que corrige al Parlamento, sino en uno que se pliega a su voluntad democrática cuando esta actúa —a su juicio— dentro de los márgenes posibles de la Constitución.

La pregunta es si esta opción, jurídicamente defendible, es políticamente eficaz. ¿Puede una ley sanar lo que la política no ha querido o no ha sabido resolver? ¿Basta con amnistiar a los protagonistas del conflicto para que desaparezca la tensión de fondo? ¿Y qué sucede con quienes sienten que el Estado ha claudicado frente a quienes vulneraron la legalidad vigente?

El Constitucional ha hecho su trabajo, sí, pero su sentencia no zanja el debate: lo desplaza, lo reformula y, de algún modo, lo amplifica. Ahora serán los partidos, los parlamentos y, en última instancia, la ciudadanía quienes deban decidir si la amnistía es una vía para la paz o un atajo que erosiona el principio de igualdad ante la ley.

La historia reciente de España demuestra que los consensos duraderos no se escriben a golpe de sentencia, sino de diálogo político real. Y que una democracia madura debe tener el coraje de revisar sus heridas, no solo de cubrirlas con decretos. Lo que ha hecho el Constitucional es abrir la puerta a esa revisión. El problema es que no está claro si hay voluntad de cruzarla al otro lado. @mundiario