Buen solsticio tengan

Pablo Casado en el Congreso. / Mundiario
Pablo Casado en el Congreso. / Mundiario

El día 21, a las 15,59 horas, la posición del sol respecto  al ecuador inicia el invierno. ¿Qué pasa con la distancia que hay entre lo legal y lo justo?

La reclamación de una familia en Canet de Mar por el tratamiento del castellano en la escuela de su hijo ha llevado al líder de la oposición a decir que el Gobierno está desobedeciendo la sentencia judicial favorable a una protección más estricta a la enseñanza de este idioma en Cataluña; podría acusarle de varios delitos, por vulnerar el art. 3 y 27 de la Constitución, además del art. 27 de la Carta Europea de Derechos Humanos.

Por su parte, un fiscal de Ginebra ha venido a establecer, después de haber descartado una misión rogatoria a Arabia Saudí para conocer el origen de 65 millones de dólares de Juan Carlos I, que este no era encausable por un supuesto delito de blanqueo de dinero. Archivada la investigación, la inviolabilidad de cuando era rey en 2.008 juega a favor de su impunidad legal y, por tanto, deja para  cada cual el juicio moral que este asunto le merezca, junto con la ejemplaridad de la institución de que ha sido pieza importante el emérito. 

En otro orden institucional, en la “comisión Kitchen” que el Congreso de Diputados tiene abierta para averiguar presuntas responsabilidades del partido que lidera actualmente la oposición en el uso de fondos de manera legal o ilegal -y los"pufos" correspondientes-  lo que se han podido ver y escuchar son habilidades de encuestadores y Rajoy para que, entre mil estratagemas, quedara de manifiesto la habilidad de manejar el silencio y que nadie se enterara de nada, ni siquiera de si eran ficción o realidad los implicados y tres sentencias judiciales.

Desentendimientos

Cada uno de estos asuntos tiene detrás un conjunto de referentes legislativos que, según sea el juez, pueden tener un veredicto jurídico u otro, ambos perfectamente legales si la técnica jurídica es impecable. Estamos acostumbrados a verlo en un asunto que, como la prevención pública de la pandemia, toca todavía más directamente la protección de la vida de los ciudadanos, con divergentes sentencias en unas u otras Comunidades autónomas. Después de cuarenta y tres años de la última restauración democrática, en 1978, tenemos encomendados al desentendimiento judicial bastantes discordancias políticas a las que el sistema judicial tampoco pondrá arreglo. Por eso seguiremos discrepando en lo que es justo y lo que es legal, amparados en que la ley es la democracia y que sin ley… a dónde iríamos a parar.

Suele ser penoso, por tal motivo, seguir un debate parlamentario en que salgan a relucir cuestiones judiciales de unos u otros partidos; por muy encumbradas que estén las instituciones de que hablan, cuando dicen que  son los pilares del sistema es difícil no acordarse de Sansón y los pilares del templo y que no se aleje la valoración relevante que deba asignarse a  la CE78. Entre otras cuestiones pendientes, en los últimos tres años se han vuelto especialmente lamentables las decisiones que han afectado a órganos principales del sistema judicial, y a los desacuerdos vigentes  respecto al órgano central de la judicatura.

Aunque cada cual pueda pensar lo que quiera, en algunas instancias es dado advertir que prosigue la melancolía. Antes de 1789, cuando el poder era incuestionablemente  absoluto, los reyes tenían su “bolsillo secreto” para gestionar asuntos que estimaban arriesgados si se hacían públicos ante los súbditos; no fueran a  enterarse de que no justificaban la fidelidad que debían a la misión que al menos teóricamente tenían encomendada de atender a su “felicidad”. Ya había empezado a ser arriesgado jugar con la falta de seriedad en ese campo cuando en el horizonte se empezaban a vislumbrar los “derechos de gentes” y, con ellos los primeros indicios de lo que en el último tercio del siglo XVIII iban a ser “los derechos del hombre y del ciudadano”. Por si acaso, los libros de educación de príncipes ya se encargaban de corregirles posibles caprichos.

Restricción mental

Para prevenirse de las pretensiones de igualdad ciudadana, aunque casi solo fuera ante la ley -y sin entrar en detalles de cómo se ejecutaban en los tribunales-, también había florecido una doctrina que permitía la evanescencia al hablar de asuntos en que se pudieran perjudicar los intereses del que hablaba. La “restricción de conciencia” era un artilugio de honesta mentira que los confesores menos rigoristas de la moral confesional –en una sociedad de cristiandad como era Europa, y España en particular- permitían y, a veces, aconsejaban.

Por lo entrevisto estos días pasados, por mucho que hayamos avanzado en no se sabe bien qué, por estar vivos a finales de 2021, no parece que el ritmo de los comportamientos morales colectivos, la ética común y su reflejo en exigencias concretas de la convivencia, hayan progresado mucho. Estas exigencias suelen ser motivo de gresca permanente, especialmente cuando atañen directamente  a negocios, asuntos o cuestiones en que la ganancia y el interés económico de algunos ciudadanos no tan iguales como los demás andan por medio, que es casi siempre. Puede que por ello mismo, en situaciones de riesgo como la que está planteando la 6ª ola de la Covid-19, las instituciones a que corresponda dejen a la elasticidad de nuestra “responsabilidad” la respuesta adecuada. 

Ahora que se acerca Navidad y parece que todos, guiados por la cíclica  nostalgia de un imaginado paraíso perdido, se sienten inclinados a desear el bien y la paz a su prójimo, no estaría mal que, al menos las instituciones, trataran de corresponder con la honesta ejemplaridad de quienes las rigen a lo que demandan quienes las sostienen. ¡Feliz Navidad! ¡Buen solsticio de invierno! @mundiario

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