La Audiencia Nacional deja en libertad sin fianza a Blesa y Rodrigo Rato

Rodrigo de Rato. / Twitter
Rodrigo de Rato. / Twitter

La audiencia ha desestimado la solicitud presentada por la Fiscalía Anticorrupción tras la visitilla del viernes y avisó que el comportamiento procesal de ambos desecha todo riesgo de fuga.

La Audiencia Nacional deja en libertad sin fianza a Blesa y Rodrigo Rato

Miguel Blesa y Rodrigo Rato han sido puestos en libertad sin siquiera fianza por la Audiencia Nacional. La instancia declina así la solicitud emitida por la Fiscalía Anticorrupción, que demandaba medidas cautelares de aquí hasta que el Tribunal Supremo diera su veredicto por la condena a seis años de prisión contra Blesa por el caso de las tarjetas black.

La decisión fue tomada tras haber escuchado a todos los involucrados en la visitilla matutina de este viernes, en la que tanto Blesa como Rato fueron recibidos entre gritos y protestas. Alejandro Luzon, fiscal encargado del caso, había presentado la solicitud para que Blesa fuese a la cárcel aunque con el beneficio de poder pagar entre 75.000 y 100.000 euros en concepto de multa más la cancelación de su pasaporte. para evitarla.

En relación a Blesa, el juzgado ha dicho que no prevé una fuga. "Su comportamiento procesal ha sido intachable", le ha defendido el tribunal, que de pasó recordó que el individuo tiene sus bienes embargados y tiene arraigo en el país.

En el caso de Rato, la Fiscalía Anticorrupción no pidió ningún tipo de medida en su contra a partir de su condena de cuatro años de cárcel por las tarjetas black, por lo que seguirá en libertad hasta que el Supremo se pronuncie. Su pasaporte fue cancelado hace dos años, justo al tiempo que se investigaba su patrimonio en varios paraísos fiscales.

La Audiencia Nacional nunca aceptó la demanda de la Fiscalía Anticorrupción pues aseguró que no es ni "serio ni reguroso" considerar los procesos pendientes contra Rato. Aparte, su comportamiento procesa ha sido más que destacable, por lo que no advierten riesgo de fuga. 

"Al señor Rato Figaredo, como no podía ser de otra manera, le ampara la presunción de inocencia, lo que, ante las peticiones formuladas, no está de más recordarlo", presentaron los magistrados encargados del fallo. Los mismos avisan que "en el proceso penal español el principio de presunción de inocencia se mantiene incólume", siendo su vencimiento el momento de confirmación de la sentencia. Es el Supremo el único que puede dar un veredicto en esto, con todo y que la audiencia los haya condenado previamente.

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