¿Es que a alguien se le puede ocurrir que las Naciones Unidas intervengan en el conflicto catalán?

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La Corte Internacional en sesión.

Tras el fracaso de intentar internacionalizar el conflicto catalán, se insiste ahora en que es un caso que podría plantearse ante los tribunales internacionales como una agresión de España a una "nación" que quiere autodeterminarse y tiene derecho a hacerlo.

¿Es que a alguien se le puede ocurrir que las Naciones Unidas intervengan en el conflicto catalán?

Salvo muy puntuales respaldos, no parece que el intento de la Generalitat de internacionalizar el conflicto catalán haya tenido mucho éxito, pese al reclutamiento a su favor de personajes como el fundador de Wikileaks, Julian Assange, que colabora en la defensa de la web del referéndum del 1-O en Catalunya, cerrada por orden judicial: "Tenemos mucha experiencia paralizando la censura abusiva. Me complace ayudar a proteger los derechos de publicación de la web del referéndum", ha escrito en Twitter.

Conviene recordar que en su momento atacó a El Periódico”por la exclusiva del aviso de la CIA a los Mossos sobre el previsible atentado en Las Ramblas. Ahora, Assange se ha involucrado en apoyo al ilegal referéndum de Cataluña, con una curiosa vara de medir con respecto a la libertad de expresión: arremete primero contra la revelación de aquel aviso, pero ahora carga contra el Gobierno por cerrar las vías a la difusión de un acto ilegal. Desde el cómodo observatorio de la embajada de Ecuador en Londres, ha criticado al Gobierno central y al sistema judicial español, publicando incluso la foto de los tanques reprimiendo las protestas en la plaza pekinesa de Tiananmen en 1989, al tiempo que augura que el “el 1 de octubre nacerá una nueva nación de 7,5 millones de personas o una guerra civil”.

En este sentido, la simpatía que puede merecernos “WikiLeaks” organización mediática internacional sin ánimo de lucro, de la que es fundador, no puede amparar que se atreva a comparar a España con países totalitarios o que condene el uso legítimo de los medios de defensa de la legalidad constitucional por nuestro Gobierno.

Pero no es el único que desbarra: entre las cosas que se escriben y se dicen en tertulias y emisiones diversas, se ha llegado a sugerir que por tratarse de un caso de agresión a una nación “soberana”, o sea, Cataluña, el asunto debería interesar al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. ¡Como lo oyen!

Les invito a visitar la WEB de las Naciones Unidas, en concreto la “Biblioteca Dag Hammarskjöld”, de las “Guías de Investigación-Documentación de la ONU”, a propósito del Derecho Internacional, invocado por algunos, y de su aplicación. Para empezar, no hay un “Tribunal dela ONU”, sino que, como se nos instruye en esta web, “Existe una amplia variedad de cortes y tribunales internacionales que mantienen diferentes niveles de relación con las Naciones Unidas”. 

Leemos: “En primera instancia se encuentra la Corte Internacional de Justicia, uno de los principales órganos de la Organización; seguida por los tribunales penales ad hoc establecidos por el Consejo de Seguridad; y, la Corte Penal Internacional y el Tribunal Internacional del Derecho del Mar que fueron establecidos por convenciones elaboradas dentro del sistema de las Naciones Unidas, pero que ahora son entidades independientes con acuerdos especiales de cooperación. Algunos otros tribunales internacionales pueden ser completamente independientes de la ONU”.

Y en cuanto a sus misiones, la Corte Internacional de Justicia (el principal órgano judicial de las Naciones Unidas) tiene como función: 1. Resolver, de conformidad con el derecho internacional, disputas jurídicas presentadas por los Estados. 2. Emitir opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas planteadas por órganos autorizados de las Naciones Unidas y organismos especializados.

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Emblema de la Corte Internacional de Justicia.

 

Por su parte, el Tribunal Penal Internacional es un órgano judicial independiente con competencia para juzgar a individuos acusados de cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. La Corte se encuentra ubicada en La Haya, Países Bajos y se rige por el Estatuto de Roma, pero propiamente no forma parte de la ONU, sino que esta vinculada a la misma por una serie de tratados y envía anualmente un informe a la Asamblea General.

Además las Naciones Unidas cooperan con varios tribunales establecidos para hacer justicia a las víctimas de crímenes internacionales. El Consejo de Seguridad estableció dos tribunales ad hoc, el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Rwanda. La ONU ha participado también en diversas cuestiones con el Tribunal Especial para Sierra Leona y las salas especiales en los tribunales de Camboya, entre otros.

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La Justicia Internacional

 

El conflicto catalán

Ya que se invoca y cita a la ONU, ¿se le ocurre a alguien dónde situamos aquí el conflicto catalán? Resultan insostenible pretender que la región catalana es un país sujeto del Derecho de Autodeterminación por ser una nación sometida, colonizada, dependiente o intervenida por una potencia ocupante. Pero eso se pretende.

En 1923, cuando no existía la ONU e iba declinando la Sociedad de Naciones, que aún conocería otros fracasos, se publicó en España el hoy considerado uno de los mejores tratados de Derecho Diplomático, que se ocupa de las relaciones entre las naciones en el concierto internacional. Su autor fue el Doctor en Derecho y Diplomático Ginés Vidal y Saura, a quien se sigue teniendo por referencia esencial en este campo.

Este repetidamente citado autor por los especialistas, explica lo que es una nación, sus derechos y deberes en el espacio internacional y, en este sentido, sitúa el lugar histórico del reconocimiento de la nación española, como tal, entonces y ahora. Y nada más.

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