El "aforamiento express" al rey honorífico fue"una chapuza", pero a Juan Carlos le sirve

Faruk Juan Carlos
Al ex rey Juan Carlos se le compara por su estilo de vida con Faruk.
Los grandes partidos dinásticos, PSOE y PP, siguen otorgando su respaldo al ex monarca en el Congreso de los Diputados, como hicieron tradicionalmente, impidiendo que se le investigue o convoque.
El "aforamiento express" al rey honorífico fue"una chapuza", pero a Juan Carlos le sirve

Que el propio presidente en aquel momento del Congreso de los Diputados, Jesús Posada, dijera que el aforamiento de Juan Carlos I fue una “chapuza”, aunque luego pretendiera matizarlo, es suficientemente expresivo del modo en que se llevó a cabo el proceso de resguardo del rey honorífico, tras su abdicación. Pero a Juan Carlos I, luego de sus andanzas de comisiones y fundaciones le sirve para dejarlo a cubierto, al menos por ahora, pese a que la fiscalía del Supremo, por estar aforado, investigue el feo asunto de las comisiones del Ave a la Meca No tuvo la misma suerte por sus trapacerías en el presidente de Francia, Chirac, que fue juzgado y condenado por sus responsabilidades anteriores, como alcalde de París, y los casos de corrupción de esa etapa de su biografía. Pero Francia es una República.

Como era de esperar, La Mesa del Congreso ha rechazado, en plena polémica sobre una posible investigación al rey honorífico una petición de la CUP para que compareciera en la Cámara. PSOE, PP y Vox se han opuesto, mientras que Unidas Podemos estaba a favor. La propuesta fue presentada el pasado 4 de junio. La propuesta se fundamentaba en la investigación abierta por la Fiscalía de Ginebra, en Suiza, y de las informaciones sobre la configuración de "estructuras opacas para la adjudicación de contratos, posibles cuentas irregulares en paraísos fiscales y presunto blanqueamiento de capitales". Tanto el PSOE como el PP se oponen siempre a cualquier iniciativa que suponga investigar las actividades de Juan Carlos I.

Cuando Juan Carlos llamaba a la ejemplaridad

El 24 de diciembre de 2013, al finalizar su tradicional discurso de Navidad, Juan Carlos I dijo a los españoles:

“Esta noche, al dirigiros este mensaje, quiero transmitiros como Rey de España: En primer lugar, mi determinación de continuar estimulando la convivencia cívica, en el desempeño fiel del mandato y las competencias que me atribuye el orden constitucional, de acuerdo con los principios y valores que han impulsado nuestro progreso como sociedad. Y, en segundo lugar, la seguridad de que asumo las exigencias de ejemplaridad y transparencia que hoy reclama la sociedad”.

El 2 de junio de 2014, seis meses después de tan rotundas palabras, Juan Carlos grababa su mensaje de despedida a la nación. Repasar esta historia ahora resulta algo pintoresco por las cosas que se decían que no iban a ocurrir y las que ocurrieron. Jaime Peñafiel, publicara en enero de 2011, un nada premonitorio libro, titulado El Rey no abdica”, donde explicaba por qué Juan Carlos I moriría siendo Rey. A mayor abundamiento, reforzaba sus argumentos con las palabras que la Reina Sofía dijera meses atrás, con toda contundencia a su biógrafa de cámara: “A un rey sólo debe jubilarlo la muerte. Que muera en su cama y se pueda decir: “El Rey ha muerto, viva el Rey. No es urgente reformar la Constitución. Ni el Rey está cansando, ni el Príncipe impaciente…¿Abdicar? ¡Nunca! El Rey no abdicará jamás…Ni lo hemos hablado nunca. Se da por sobreentendido”.

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Su antigua amiga Corrina ha lanzado graves acusaciones a Juan Carlos I.

El chapucero aforamiento

El 19 de junio se publicaba en el Boletín Oficial del Estado» de la Ley Orgánica 3/2014, de 18 de junio, por la que se hacía efectiva la abdicación de Juan Carlos I de Borbón.

Una vez más, acudieron en su socorro los dos grandes partidos dinásticos, el PSOE y el PP, que antes y después bloquearían que el Congreso de los Diputados pudiera investigar las andanzas del que sería declarado “rey honorífico”, que no emérito, como de modo erróneo se dice. Poco después Posada, presidente del Congreso, en un alarde de sinceridad, expresaba las dudas el procedimiento utilizado para aforar al Rey Juan Carlos, apenas siete días antes de que el proceso se cerrada en el Senado. El procedimiento rompió, en esta cuestión por primera vez el consenso en una votación sobre la Corona, El PSOE se abstuvo. Alegaban los socialistas que la forma de trasladar al tribunal Supremo todas las causas civiles y penales referidas al Rey Juan Carlos, las reinas Letizia y Sofía y la Princesa de Asturias no debía utilizar una enmienda a una ley ajena al asunto. El asunto tenía miga.

Según Europa Press, Posada reconoció que la reforma para “blindar” a don Juan Carlos habría que haberla pensado antes y que al final, por las prisas, se incurrió en una "chapuza". Hemos llevado las cosas en el Congreso a toda velocidad; en las formas se pueden poner peros, pero en el fondo no. ¿Ha quedado un poco chapuza? Sí y no me importa decirlo". Luego quiso dar marcha atrás, peor sus palabras quedaron grabadas. El aforamiento de Juan Carlos I, su esposa y su nuera, fue incluido en lo que el Gobierno tenía más a mano, la Ley Orgánica 4/2014, de 11 de julio, complementaria de la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

En la exposición de motivos dice entre otras cosas:

La figura del Rey está constitucionalmente revestida de la inviolabilidad e inmunidad que tanto los antecedentes históricos como el derecho comparado atribuyen al Jefe del Estado, al establecer el apartado 3 del artículo 56 de la Constitución que «La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2”.

Y más adelante matiza:

“Conforme a los términos del texto constitucional, todos los actos realizados por el Rey o la Reina durante el tiempo en que ostentare la jefatura del Estado, cualquiera que fuere su naturaleza, quedan amparados por la inviolabilidad y están exentos de responsabilidad. Por el contrario, los que realizare después de haber abdicado quedarán sometidos, en su caso, al control jurisdiccional, por lo que, al no estar contemplado en la normativa vigente el régimen que debe aplicársele en relación con las actuaciones procesales que le pudieran afectar por hechos posteriores a su abdicación, se precisa establecer su regulación en la Ley Orgánica del Poder Judicial2.

Y se hizo de este modo: Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Uno.   Se incluye un nuevo artículo 55 bis con la siguiente redacción:

Además de las competencias atribuidas a las Salas de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Supremo en los artículos 56 y 57, dichas Salas conocerán de la tramitación y enjuiciamiento de las acciones civiles y penales, respectivamente, dirigidas contra la Reina consorte o el consorte de la Reina, la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como contra el Rey o Reina que hubiere abdicado y su consorte.

Fue premonitorio, como si ya alguien pensara en el futuro que las andanzas del ex Rey nos iban a procurar.

El Faruk español, eterno viajero

Juan Carlos pasa el su tiempo de su tiempo viajando. Suele visitar con frecuencia Arabia Saudí, Estados Unidos, México, Emiratos Árabes, Bahamas, Marruecos y otros destinos, pero siempre de fiesta en fiesta. Hasta que le fue retirada por su hijo, por las comisiones de Arabia Saudí y las Fundaciones en paraísos fiscales percibía 187.356 euros anuales. Sus apariciones al lado de la Reina Sofía son puramente aparentes, sin que exista relación alguna entre ambos. Siempre solo, se le puede ver en restaurantes y hoteles de lujo, grandes eventos o fiestas de amigos. Cuando está en España acudía de vez en cuando al Palacio Real donde tiene instalado un despacho.

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Las comisiones por la renta del petróleo es un asunto viejo del rey honorífico.

 Desde que dejó el cargo, el llamado “Rey honorífico” Juan Carlos I, los medios se dedicaron a reflejar su vida de asueto que, inevitablemente, recordaba el “exilio dorado” de su abuelo Alfonso XIII, que acabó de rematar el mal recuerdo y la mala imagen que su paso por la historia dejó en los españoles. Cuentan sus biógrafos que se convirtió en un nómada de lujo, dedicado a deambular por París, Roma, la Riviera, Cannes, los cotos de caza europeos, el Hotel Semíramis de Egipto o Deauville,“Era una figura decadente y patética, con los ojos tristes de todos los desterrados.” También ex Rey Juan Carlos I dedicó su jubilación a viajar por todo el mundo y dejarse ver solo o acompañado en lugares selectos”.

Su caso ha vuelto a poner de relieve la necesidad de un Estatuto de la Corona, asunto pendiente desde antes de su abdicación, y que su nuevo “cargo” fue una solución improvisada, se buscaba el modo de que Juan Carlos I justificara el sueldo que cobraba  y los privilegios que conserva y conserva, sin la menor responsabilidad. La preocupación estriba en que la imagen de este ex rey como un jubilado de lujo pudiera repercutir en la de la Corona que los asesores de su hijo tratan de recomponer, dando a entender que la institución ha cambiado.

Demandas civiles

La nueva vida de Juan Carlos se complicó desde el momento en que la Sala Civil del Tribunal Supremo admitió a trámite la demanda de filiación interpuesta por la ciudadana belga Ingrid Sartiau, que aseguraba que era fruto de una relación mantenida por su madre y el ex jefe del Estado durante unas vacaciones en la Costa del Sol en 1965. La reclamante y su abogado prodigaron sus declaraciones públicas que, en aspectos esenciales, eran contradictorias con el acta notarial aportada con la demanda y que recogía las manifestaciones que la madre de la demandante hizo ante un notario de Gante en noviembre de 2012.

Pero finalmente el asunto se resolvió satisfactoriamente para el demandado, cuando la Sala Civil del Supremo se desdijo: un mes después de haberla admitido a trámite, y archivó la demanda. El tribunal, por mayoría de siete votos contra tres, estimó el recurso que interpuso la defensa del ex jefe del Estado en el que se ponía de manifiesto la falta de solidez de la pretensión de Sartiau dadas las imprecisiones y contradicciones de su relato. La demanda fuera admitida el 4 de febrero de 2015 por un estrecho margen: seis votos a cinco. El tribunal se basó, esencialmente, en un acta levantada en noviembre de 2012 por un notario de Gante (Bélgica) recogiendo las manifestaciones de Liliane Sartiau, madre de la demandante. El 11 de marzo, la demanda era archivada.

Efectos en la imagen de la institución

Desde que abdicara la corona, la vida del Rey Emérito, alejado de la familia, salvo alguna foto para la ocasión, se ha convertido en una de las cuestiones que más repercute de manera negativa en la imagen de la institución, hasta el punto que se ha comentado que supera al dorado exilio a su abuelo Alfonso XIII o incluso al famoso rey Faruk, habitual de la Costa Azul, tras ser expulsado del trono de Egipto.

Los más graves sobresaltos que han sacudido a Juan Carlos I se los proporcionó su antigua amante Corinna Sayn-Wittgenstein, que, en una conversación con el ex comisario Villarejo, destapó un manojo actividades ilícitas del monarca que van desde el cobro de comisiones a la evasión impuestos, bienes y propiedades y el uso de fundaciones como pantalla

El PP y el Partido Socialista Obrero Español se apresaron a tender una cubierta de protección sobre el monarca e impidieron, como es habitual, que el Congreso de los Diputados conociera del asunto. Y el juez de la Audiencia Nacional Diego de Egeo acordó el archivo provisional de la pieza separada sobre las grabaciones que acusaban a Juan Carlos I de conductas que, en el caso de cualquier otro ciudadano, hubieran sido investigadas.

La fiscalía que debería investigar el caso señaló que los indicios sobre la conducta del monarca honorífico eran “extraordinariamente débilesy por lo tanto las revelaciones de Corinna sobre las actividades de Juan Carlos I no eran susceptibles de investigación en sede penal. El juez puso en duda la versión de ex amante, aduciendo que hizo estas manifestaciones después de la ruptura de su relación el año 2009, y destacaba que las revelaciones hacen referencia a actividades que tuvieron lugar durante el reinado de Joan Carlos I, y según la Constitución Española, mientras reina el rey es una persona “inviolable y no está sujeto a responsabilidad”.

Pero el juez dijo otras cosas interesantes como que la única base de los hechos que se imputan al rey Juan Carlos eran las manifestaciones de Corinna, y había que interpretarlas en el marco de la relación de amistad entre los dos, y que no tendrían validez de prueba de cargo contra el monarca, porque no cumplen los requisitos que exige la jurisprudencia, sobre la incredulidad subjetiva y la verosimilitud del testimonio o la persistencia en la incriminación.

Además, consideró que la ex amante del monarca actuaba por despecho por la ruptura de unas relaciones que se produjo en 2009, si bien en todo caso lo que Juan Carlos hiciera entre 2009 y 2012 estaba protegido por su inviolabilidad.

Eso es lo realmente notable. @mundiario

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