El acoso a la mujer en el Ejército es más común de lo que parece y nunca fue atajado

Una militar.
Una militar.

15.113 mujeres engrosan las filas de las Fuerzas Armadas, un 12,4% del personal militar. Son los cuerpos comunes (abogadas, médicas, veterinarias, economistas) donde su presencia es más notoria.

El acoso a la mujer en el Ejército es más común de lo que parece y nunca fue atajado

Actualmente 15.113 mujeres engrosan las filas de las Fuerzas Armadas, un 12,4% del personal militar. Son los cuerpos comunes (abogadas, médicas, veterinarias, economistas) donde su presencia es más notoria.

El acoso sexual en todo colectivo en el que conviven ambas sexos es un fenómeno grave en cualquier caso, pero especialmente grave en el militar, sobre todo cuando ese acoso se produce desde un rango superior a un subordinado. Y eso es lo peor. Por no decir el corporativismo y cierto machismo visceral que todavía se aprecia entre no pocos mandos. Todos los que hemos sido soldados alguna vez hemos visto casos de arbitrariedad manifiesta con la tropa; pero, en honor a la verdad, he de decir que en todos esos casos, también fui testigo de la eficacia de los mecanismos correctores. Pero no siempre ocurre. Sigue habiendo muchos mandos que creen que deben imponerse “por cojones”, en lugar de con el ejemplo y el trabajo. O que opinan que el rango militar les da derecho a ejercerlo a su voluntad sobre los inferiores sin trabas ni límites.

Estos días se ha hablado mucho del acoso al que fue sometida una capitana del Arma de Ingenieros por parte de un teniente coronel, ahora coronel, con curso de general (que espero no le sirva para nada) y de una sargento maltratada verbalmente y humillada por un capitán sin frenos. Pero desde que la mujer está en las Fuerzas Armadas ha habido más casos igualmente vejatorios e igualmente en gran parte impunes o livianamente sancionados.

A mí siempre me han sorprendido lo benévolas que son algunas sanciones tanto en el ámbito militar como en el de los jueces, ya que, en este último caso, hay conductas reprobables que se mitigan con multas de 300 euros; es decir, menos que algunas sanciones de tráfico.

Pero en los Ejércitos es peor. Que un teniente coronel, por muchos años que lleve en servicio, muchos cursos que haya hecho y muchas cruces o medallas de permanencia cuelgue de la pechera, se comporte como lo ha hecho José de Lezcano Mújica, debería haber sido sancionado con mayor contundencia y mandarlo para casa, sin devolverlo a las filas, donde nunca debió estar.  No creo que en una empresa privada, un mando que se produjera como este sujeto tuviera mucho futuro. José de Lezcano Mújica, condenado a dos años y diez meses de cárcel por acoso sexual a la capitana Zaida Cantera, es un indeseable que mancha el uniforme que viste. Y si éste fuera un país sin complejos, la capitana Cantera sería felicitada y repuesta con todos los honores en el empleo y destino que hubo de abandonar amargada y desilusionada.

Pero llueve sobre mojado ¿Cómo pueden los militares seguir con esa huera retórica del honor y otras zarandajas como si realmente por vestir un uniforme los patanes se tornaran en caballeros. ¿Qué decir de ese otro energúmeno, que también acaba de salir bien parado de sus abusos, el capitán José Francisco Cabrera, quien deparó a una subordinada sargento toda clase de malos tratos verbales, ex abruptos. Y lo peor es que, reconocidos los hechos, la Sala Quinta del Supremo, considera que este modo de tratar a los subalternos no constituye un delito de abuso de autoridad, lo que el Código Penal Militar castiga con hasta cinco años de prisión.

O sea, que este sujeto puede seguir con un modo de producirse que parece de un tiempo lejano, muy lejano. El maltrato verbal es una forma de violencia como el maltrato físico de antaño, no tan lejano, cuando un superior podía golpear a sus anchas a un soldado. ¿Es que nunca vamos a tener oficiales que remonten el lenguaje cuartelero e innecesariamente soez? Un oficial debe imponer su autoridad con el ejemplo y tratar a sus subordinados con respeto, porque son ante todo, ciudadanos de uniforme.

Después de soportar estas vejaciones durante tres años que, según el Supremo, “no revisten la entidad necesaria para ser considerado delito”, la sargento perseguida por el entonces teniente Cabrera, sin amparo y acosada, pidió la baja por alteración psicológica, conforme diagnóstico del Servicio de Psiquiatría del Mando Aéreo de Canarias (MACAN). Cuatro de los cinco jueces del Supremo no apreciaron relación entre la severidad verbal del capitán y el cuadro nervioso de la militar. Sólo uno de los magistrados, el juez Jacobo López Barja, emitió un voto particular disconforme con sus colegas por entender que los insultos conducen a la humillación y degradación de la persona. Sostiene este magistrado que minan la dignidad de la sargento, tal y como recoge el artículo 106 del Código Penal Militar.

Acosar a las soldados sale barato

Todos estos hechos tienen lamentables antecedentes, porque no se castigan de manera ejemplar y disuasoria y porque en las Fuerzas Armadas no se corrigen con contundencia las actitudes inadmisibles. En 2007 se conoció otro caso todavía peor que los anteriores: un teniente que fue condenado por acosar sexualmente a 28 soldados, pero pese a que la pena fue a 17 años, tres meses y un día de prisión, no fue expulsado del Ejército ni perdió su rango (cuando la sentencia ya era capitán, porque los bandidos siguen rigurosamente el escalafón). La condena efectiva por "abuso de autoridad en su modalidad de trato degradante a un inferior" se quedó en 3 años, el triple de la pena máxima impuesta por cada delito.

Este oficial estaba en comisión de servicio en la Academia de Logística de Calatayud (Zaragoza), como responsable de una unidad de instrucción de aspirantes a soldado, en entre el 27 de octubre y el 3 de diciembre de 2003. Su función era facilitar la integración de los reclutas en las Fuerzas Armadas. Sin embargo, uso su jerarquía militar y del sometimiento de sus alumnas (ya que de la puntuación que les otorgara iba a depender su futuro en el Ejército) para cometer numerosos actos de abuso sexual, tanto en las entrevistas personales como en los ejercicios de instrucción. Las chicas sufrieron el chantaje de este oficial con rabia, silencio, amargura y vergüenza.

Indeseables ascendidos

Y lo malo es que, de uno u otro modo, hay muchos tipos de indeseables que siguen en los ejércitos y las fuerzas de Seguridad. Hace años nos enteramos de que uno de los tenientes golpistas del 23-F que fue exonerado gracias al “Pacto del Capó”, había llegado a coronel la Guardia Civil. Este tipo fue uno de los que huyeron del hemiciclo escapando por las ventanas del Congreso, cobarde sin honor, abandonó a los mismos hombres que él había dirigido a la rebelión, dejándolos a su suerte. Pues llegó a coronel, porque en el Ejército y la Guardia Civil funciona un automatismo que esperemos deje tener esa mecánica vigencia.

La integración de la mujer a los Ejércitos

Iniciada en 1988,  la integración absoluta de la mujer a las FAS quedó completada con la Ley 17/99, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas, de la que surgió el Real Decreto 66/2000 de 21 de enero, por el que se modificaron las condiciones de acceso a Militar Profesional de Tropa y Marinería de las Fuerzas Armadas, ampliando su incorporación a todos los cuerpos y escalas de los tres ejércitos en un plano de igualdad con los sistemas de incorporación de los hombres. A partir del año 2000, las mujeres accedieron a La Legión la Brigada Paracaidista y a Operaciones Especiales.

Actualmente 15.113 mujeres engrosan las filas de las Fuerzas Armadas, lo que supone un 12,4% del total del personal militar. Son los Cuerpos Comunes (abogadas, médicas, veterinarias, economistas) donde la presencia de la mujer es más notoria. En el Ejército de Tierra la presencia de la mujer es del 11.9%.

Las mujeres suponen el 7,6% entre los oficiales, el 3,6% entre los suboficiales y el 16,9% en la tropa y marinería. Las mujeres de mayor graduación en la actualidad ostentan el empleo de Teniente Coronel, y son 17.

La incorporación de la mujer a todos los puestos de las Fuerzas Armadas exigió introducir modificaciones en la infraestructura de unidades, buques y bases, así como en la vida diaria del cuartel.   Fue preciso crear espacios diferenciados.

Hubo que introducir las correcciones adecuadas a los supuestos de conducta que atentan a la libertad sexual. El Código Penal Militar, por un lado y la Ley Orgánica 8/98 de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que contemplan expresamente los ataques a la libertad sexual. En los últimos diez años se han dictado 32 sentencias condenatorias por acoso o abuso sexual en las Fuerzas Armadas dentro de la jurisdicción militar.

En el artículo 48 del capítulo III del nuevo Código Penal Militar se establece que “el superior que, respecto de un subordinado, realizare actos de acoso tanto sexual y por razón de sexo como profesional, le amenazare, coaccionare, injuriare o calumniare, atentare de modo grave contra su intimidad, dignidad personal o en el trabajo, o realizare actos que supongan discriminación grave por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, orientación sexual, religión, convicciones, opinión, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, será castigado con la pena de seis meses a cuatro años de prisión, pudiendo imponerse, además, la pena de pérdida de empleo”.

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