La Abogacía del Estado no acusará por rebelión a los líderes del procés

Oriol Junqueras, exvicepresidente de la Generalitat, en una imagen de archivo. / Twitter
Oriol Junqueras, vicepresidente depuesto de la Generalitat. / Twitter

El escrito de la abogacía sí atribuye a los líderes independentistas un delito de sedición, definido en el Código Penal como un alzamiento “tumultuario”.

La Abogacía del Estado no acusará por rebelión a los líderes del procés

La Abogacía del Estado acusará a los líderes independentistas catalanes de sedición y malversación. Este órgano dependiente del Ministerio de Justicia podía haber optado por atribuir el delito de rebelión a Oriol Junqueras y a los otro ocho procesados que están en prisión preventiva. No obstante, ha descartado este delito, el más grave y el que vertebra toda la causa abierta por el procés en el Tribunal Supremo.

Fuentes judiciales consultadas por El País afirman que el escrito de acusación que presentará este viernes la abogacía descarta finalmente la rebelión, que exige un alzamiento violento, y apuesta por el delito de sedición, que no exige violencia. Las penas que pide este órgano del Ministerio de Justicia suman un mínimo de 14 años.

En las últimas semanas, el presidente, Pedro Sánchez, y la vicepresidenta, Carmen Calvo, han sugerido que no estaban de acuerdo con la imputación de rebelión porque entienden que para que exista ese delito tendría que haber uso de armas.

El escrito de la abogacía descarta la rebelión pero sí atribuye a los líderes independentistas un delito de sedición, definido en el Código Penal como un alzamiento “tumultuario”. Durante la fase de instrucción, la abogacía no ha pedido personarse por ningún delito más, aunque sí se ha adherido a las posiciones de la fiscalía en lo relativo, por ejemplo, a la prisión preventiva. En agosto, como el resto de acusaciones, presentó un escrito ante el Tribunal Supremo en el que solicitaba la apertura de juicio oral por rebelión, malversación y desobediencia.

Las fuentes fiscales consultadas señalan que el departamento que dirige María José Segarra mantendrá la calificación de rebelión, un delito recogido en el artículo 472 del Código Penal que castiga a los que se alcen “violenta y públicamente” para una serie de fines, entre ellos, declarar la independencia de una parte del territorio nacional. Se atribuirá a los nueve procesados que están en prisión preventiva, aunque entre ellos la fiscalía establecerá distintos niveles de responsabilidad. @mundiario

Comentarios