Un tribunal de EE UU reestablece los aranceles de Trump: un respiro para su estrategia comercial

Donald Trump, presidente de EE UU. / Flickr
La Corte concedió a la Administración Trump una suspensión del fallo del Tribunal de Comercio Internacional que anulaba gran parte de los gravámenes impuestos por el presidente. Esta decisión se mantendrá, al menos, hasta el 9 de junio.

El Tribunal de Apelaciones de Washington decidió este jueves suspender provisionalmente la aplicación de la sentencia emitida por el Tribunal de Comercio Internacional (CIT), que consideraba ilegales la mayoría de los aranceles impuestos por el presidente de EE UU, Donald Trump. Aunque se trata de una suspensión temporal —no de una revocación— la decisión representa una victoria significativa para el expresidente y su equipo, que aún no han agotado sus vías legales pero ya anticipan una ofensiva judicial en defensa de su estrategia comercial.

La sentencia original, dictada el miércoles por tres jueces de la corte de comercio, ponía en entredicho la base legal utilizada por Trump: la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA), que según el tribunal no autoriza al presidente a imponer aranceles generalizados como herramienta de política comercial. Según su análisis, Trump excedió la autoridad otorgada por el Congreso al reinterpretar esta ley como una carta blanca para reformular unilateralmente las relaciones comerciales internacionales.

Frente a este revés, la Administración Trump solicitó urgentemente la suspensión cautelar de la aplicación del fallo, alegando riesgos económicos y de seguridad nacional "irreparables". El argumento central es que permitir la entrada en vigor inmediata de la sentencia podría desbaratar acuerdos comerciales ya alcanzados y debilitar el poder de negociación de Estados Unidos en foros internacionales.

Además, los abogados de Trump argumentan que existe un precedente que respalda su posición: el uso de una ley similar por parte del expresidente Richard Nixon para imponer aranceles de emergencia. Se trata del caso de Estados Unidos vs. Yoshida International, un hito legal que reafirmó el poder de Nixon para imponer un arancel del 10% sobre las importaciones, anunciado en agosto de 1971 bajo la Ley de Comercio con el Enemigo.

La justificación de Trump: un antecedente del siglo XX

Nixon justificó esta medida argumentando que la sobrevaloración del dólar estadounidense había contribuido a un desequilibrio comercial y a un déficit en la balanza de pagos del país. Aunque el arancel fue efímero y se eliminó en diciembre del mismo año tras negociaciones sobre tipos de cambio, generó controversia entre los importadores estadounidenses.

Una de esas empresas era Yoshida  (el actual Grupo japonés YKK) — que impugnó el arancel sobre las cremalleras importadas de Japón. La empresa presentó una demanda y ganó en el tribunal de primera instancia, pero la decisión fue revocada en apelación varios años después. El tribunal de apelación concluyó que el arancel estaba legalmente justificado bajo dicha ley para abordar el desequilibrio comercial, citando el lenguaje de la norma que autorizaba al presidente a "regular" la "importación" de bienes extranjeros en caso de emergencia. Este lenguaje se trasladó a la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA), que el presidente Donald Trump invocó para respaldar sus propios aranceles.

En este contexto, el tribunal de primera instancia se conocía entonces como el Tribunal de Aduanas, y la corte de apelación se conocía en ese momento como el Tribunal de Apelaciones de Aduanas y Patentes. Desde entonces, esos tribunales han sido renombrados como el Tribunal de Comercio Internacional y el Tribunal de Apelaciones de EE UU para el Circuito Federal, respectivamente. Como resultado, la decisión vincula al actual Tribunal de Comercio Internacional.

A sabiendas, el Departamento de Justicia argumentó que el precedente de Yoshida "sigue vigente hoy" y que, por lo tanto, el CIT "debería fallar a favor de la Administración Trump". Sin embargo, el tribunal de comercio analizó detenidamente dicho precedente y concluyó que, lejos de respaldar la estrategia de Trump, refuerza los límites impuestos por la Constitución y la ley.

Después de todo, en ese tiempo el tribunal determinó que cada acción presidencial bajo esta ley "debe evaluarse según sus propios hechos y circunstancias", subrayando que su fallo, aunque favorable a Nixon, no otorgaba un visto bueno general a futuros aranceles que no estuvieran razonablemente relacionados con la emergencia declarada.

La diferencia entre los aranceles de Nixon y los de Trump es notable. Nixon impuso un arancel fijo del 10 % que estuvo vigente menos de cinco meses y solo aplicaba a importaciones específicas, manteniendo los tipos establecidos por el Congreso. En contraste, el marco arancelario de Trump es más ambicioso y abierto, con constantes revisiones en fechas de entrada en vigor, países aplicables y tasas sin ser consultadas con el Legislativo.

Además, el Congreso aprobó posteriormente una disposición que permite al presidente imponer aranceles en respuesta a "grandes y serios déficits en la balanza de pagos", limitando dichos aranceles al 15 % y a una duración de 150 días, a menos que se autorice una extensión. Sin embargo, la Administración Trump no invocó esta ley (la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974), lo que llevó al CIT a concluir que incluso los déficits significativos no justifican el uso de poderes de emergencia sin restricciones.

El papel de los jueces y el equilibrio de poderes

Tras el fallo del Tribunal de Comercio Internacional , la Casa Blanca ha intentado desprestigiar la labor del panel de magistrados. Karoline Leavitt, portavoz del equipo de Trump, acusó a los jueces de "extralimitarse" en sus funciones e interferir en decisiones que, a su juicio, pertenecen exclusivamente al Ejecutivo. Esta narrativa, que presenta a los jueces como obstáculos a la voluntad presidencial, se ha vuelto cada vez más común entre los aliados de Trump cuando los tribunales fallan en su contra.

No obstante, la esencia del debate no es menor: ¿puede un presidente utilizar una ley de emergencia para redibujar el mapa arancelario global sin el aval del Congreso? La respuesta que den los tribunales a esta pregunta sentará un precedente duradero sobre la separación de poderes y la interpretación de los instrumentos legales en tiempos de crisis.

Por ahora, la suspensión provisional emitida por el Tribunal de Apelaciones mantiene en pie los aranceles del 10 % a la mayoría de los socios comerciales de EE UU, así como los del 25 % a productos de Canadá y México, y a los productos procedentes de China. Esta decisión se mantendrá al menos hasta el 9 de junio, cuando el tribunal revise los escritos de las partes y determine si mantiene la suspensión mientras analiza el fondo del asunto.

Cabe destacar que, paralelamente, un tribunal de distrito en Washington dictó un fallo similar al del CIT, declarando que los aranceles de Trump también eran ilegales en un caso presentado por dos empresas de juguetes de Illinois. Sin embargo, esta sentencia sólo aplica a los demandantes directos y fue pausada por 14 días para permitir una apelación.

En este juego de ajedrez judicial, la Administración Trump ha demostrado su determinación por preservar su arquitectura arancelaria, a la que considera clave en su búsqueda por reestructurar el comercio global.

Sin embargo, la manera en que se han implementado estas tarifas —sin consulta al Congreso y bajo el paraguas de una ley de emergencia concebida para otros fines— ha suscitado preocupaciones entre juristas y economistas. Además, ha generado incertidumbre entre empresas y gobiernos extranjeros que observan cómo las reglas del juego cambian abruptamente con cada nueva orden ejecutiva. @mundiario