Lo que debes tener en cuenta sobre la guía de deportaciones de EE.UU.

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Existen nueve factores que el ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU) analiza y evalúa en su guía de deportaciones, las cuales pueden ayudar o complicar los casos.  
Lo que debes tener en cuenta sobre la guía de deportaciones de EE.UU.

Los casos de asilo y deportaciones que se registran en Estados Unidos siguen incrementándose. Es por ello que ante estas situaciones los fiscales del Departamento de Seguridad Nacional evalúan diferentes aspectos y perfiles para poder permitirle al inmigrante quedarse de forma legal en el país.

Existen varios aspecto que las autoridades evalúan sobre un no-ciudadano, estás podrían ayudar o complicar más el caso de la persona que esté solicitando el permiso para vivir en territorio estadounidense. 

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) emitió nuevas órdenes, en donde consideran los casos que tengan prioridad para deportación,  otorgar mayor discrecionalidad a los fiscales de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) tienen guías distintas sobre qué casos perseguir. 

En este sentido, la Discreción Fiscal (DP) es el poder que se le entrega a los abogados de la agencia de ICE ante tribunales migratorios, es decir la  Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR). De esta forma, los fiscales podrían decidir sobre los procedimientos “de exclusión, deportación y remoción” de inmigrantes. 

En la actualidad, los miembros de la Oficina de Asesoría Jurídica Principal (OPLA, por siglas en inglés)  ejercen su discreción fiscal sobre una base de caso por caso, pero considerando los lineamientos de la actual administración. 

Aquí te compartimos los nueve factores que contempla la agencia para decidir sobre un caso: 

  1. Tiempo de residencia del no-ciudadano en los Estados Unidos. 
  2. Servicio del no-ciudadano o de su familia en el Ejército de los EE.UU. 
  3. Los lazos familiares o comunitarios del inmigrante. 
  4. Las circunstancias de la llegada del extranjero a los Estados Unidos y la forma de su entrada. 
  5. El historial migratorio previo del inmigrante. 
  6. El historial laboral y educativo del extranjero en los Estados Unidos. 
  7. Si la persona es o no ha sido víctima, testigo o demandante en procedimientos civiles o penales. 
  8.  También se consideran factores humanitarios apremiantes presentes en el caso del no-ciudadano (incluso por parte de los familiares cercanos del no ciudadano), que incluyen: condición médica grave, la edad, el embarazo, si es un menor y si es el cuidador principal de un familiar enfermo. 
  9.  Si la persona cometió un delito, pero hay condicionantes sobre ello: 
  • La amplitud, seriedad y actualidad de la actividad delictiva. 
  • Indicios de rehabilitación. 
  •  Circunstancias atenuantes relacionadas con el delito o la condena. 
  • El tiempo y la duración de la sentencia impuesta, si la hubiera. 
  • El tiempo transcurrido desde que ocurrió el delito o la condena. 
  • Si la actividad delictiva posterior respalda la determinación de que el inmigrantes representa una amenaza para la seguridad pública. 

En este sentido, la organización aclara que cada caso es “único” y es evaluado deforma diferente pero siempre se toma en cuenta esta lista, pero no descartan de que igual forman existen otros elementos para evaluar. @Mundiario

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