Estos son los 12 complementos salariales que las empresas no podrán tocar
El Ministerio de Trabajo da un paso histórico para garantizar que los incrementos del salario mínimo interprofesional (SMI) lleguen de verdad al bolsillo de los trabajadores. Un decreto en trámite, que transpone la directiva europea de salarios mínimos, establece que doce complementos salariales —entre ellos la antigüedad, la formación y las primas de productividad— no podrán ser absorbidos por las empresas para compensar subidas del SMI. Se trata de una práctica denunciada durante años por sindicatos, que muchas veces veían cómo los incrementos del salario mínimo se diluían al suprimir pluses previamente otorgados.
Desde este viernes, el texto que circula para audiencia pública dibuja con precisión qué pluses están blindados. Según Trabajo, quedan fuera de la compensación: aquellos ligados a condiciones de la actividad, como nocturnidad, toxicidad, penosidad o turnicidad; los que dependen de las características individuales del empleado, como la antigüedad, la formación o la residencia; y los vinculados a resultados, como incentivos, primas de productividad o comisiones. La norma también protege complementos cuyo carácter no compensable esté previsto en los convenios colectivos.
Ahora bien, el decreto no anula la negociación colectiva; al contrario, refuerza su papel. Las reglas de compensación y absorción que fija Trabajo operarán “salvo que por negociación colectiva se fijen otras”, dejando margen para adaptar los complementos a cada sector o provincia. CC OO y UGT subrayan que esta claridad normativa era necesaria: la negociación colectiva ya clasificaba algunos pluses, pero nunca de manera tan explícita ni vinculante.
Un comité de expertos con voz empresarial
Otra novedad es que el decreto da rango reglamentario a la comisión de expertos que aconseja las subidas del SMI. Aunque las patronales criticaron la existencia del comité, la composición propuesta incluye representantes empresariales, buscando equilibrio en la deliberación. Además, el texto obliga a que los datos sobre márgenes empresariales estén disponibles para la negociación colectiva: cifras de negocio, margen bruto, gastos de personal y resultados económicos. Este punto permitirá a sindicatos y empresas debatir subidas salariales con información más transparente.
El Ministerio de Trabajo introduce un mecanismo de revisión semestral del SMI si la evolución del índice de precios de consumo no se ajusta a lo previsto. Hasta ahora, el salario mínimo se revisaba solo anualmente y sin este vínculo explícito al IPC, lo que reforzará la capacidad de los trabajadores para mantener su poder adquisitivo frente a la inflación.
CEOE y Cepyme, en pie de guerra
La iniciativa, impulsada como decreto, evita el debate parlamentario y solo requiere aprobación del Consejo de Ministros, lo que ha provocado el rechazo de CEOE y Cepyme. Las patronales consideran que la vía de decreto no es viable y advierten que seguirán aportando observaciones en la fase de audiencia pública. No descartan impugnar la norma más adelante, aunque los sindicatos celebran la medida como un avance histórico.
Según la memoria del Gobierno, 2,47 millones de trabajadores que perciben el SMI podrían beneficiarse de un aumento bruto medio del 3,5 % al 8,5 %, lo que supondría un incremento anual de entre 1.100 y 2.800 millones de euros. Para las empresas, incluyendo cotizaciones, el coste anual oscilaría entre 1.500 y 3.800 millones de euros. Más allá de cifras, el mensaje es claro: no será posible diluir la subida del salario mínimo mediante la supresión de derechos adquiridos.
Con este decreto, Trabajo no solo protege pluses históricos como la antigüedad o la toxicidad, sino que introduce transparencia y seguridad jurídica en la negociación salarial. @mundiario