Seguros en la banca

He comprado una moto y la financiera ,con la que hago el crédito, me pide varios seguros.
En principio, las entidades bancarias, no debieran de pedir seguros para ese tipo de operaciones. Otra cosa es que el negocio del seguro se haya vinculado, de la manera que lo ha hecho, en el mercado financiero español, ya que tratan de “asegurarse” -valga la redundancia- de que el dinero prestado, les es devuelto de una forma u otra, y en el peor de los casos, como es la desaparición de la persona que solicita el crédito, alguien les abone el capital prestado.
Por ello les piden un seguro de vida por el importe prestado. Independientemente los bancos y cajas han tomado la costumbre de hacer seguros de accidentes, etc… “rebajando el tipo de interés”, en función del número de seguros que haya contratado, cosa que en muchos de los casos, haciendo los números reales, de lo pagado a lo supuestamente ahorrado, es contra producente para el cliente; pero si de paso se ganan unas comisiones “extras”, por operaciones muchas veces desconocidas para el usuario, mejor para el banco o caja. Siempre se cancelaría la parte pendiente, siendo el sobrante, en caso de que lo haya, propiedad de los herederos legales del asegurado o en su defecto a quienes éste haya designado. Teniendo en cuenta que las últimas voluntades pueden modificar, lo que se haya particularizado en un contrato de seguro.
Es cierto también que hay bancos – los menos - que no obligan a hacer los seguros con ellos, de forma que simplemente en función del tipo de crédito, le solicitan al cliente que lo haga por su cuenta y sólo les deben hacer llegar una subrogación de derechos a su favor, en caso de fallecimiento para el seguro de vida.
Siempre tenemos que ver cómo tenemos los seguros contratados, de forma que si nos interesa podamos llevarnos ese seguro a un profesional de los seguros sea agente o corredor, y no tenerlos cautivos en los bancos. Cada uno lo suyo, ya que en ocasiones los complementarios pueden ser desorbitados o bien no llegar a nada, ya que en función de la sucursal y de sus propios objetivos, pueden hacer seguros más caros porque les falte prima para esos objetivos o bien diferentes pólizas por la misma razón.
A partir de este año 2016 está prohibida la venta combinada de productos, pero las entidades se han “adaptado” a la nueva situación y la venta de los seguros, las realizan con otras entidades de las que son “mediadoras”.
Eso sí, a la hora de darlos de baja, hay que tener en cuenta las condiciones originales de contratación, ya que pueden estar penalizados los créditos, puede que no se devuelva la prima no consumida en caso de cancelación anticipada del crédito, etc.. Hay que tener en cuenta que cuando se concede un crédito hay unas condiciones económicas y cuando se extingue otras diferentes, mejores o peores, pero sen definitiva diferentes.
El aprovechamiento de las entidades para hacer estos negocios, son sin duda, decisión política. En la excusa de la libre competencia, por tener mayor competitividad, buena para los consumidores, quienes al final se ven abocados a estas contrataciones, por conseguir el ansiado préstamo, que en definitiva, es lo que importa y esto lo saben todos.
Aunque este tipo de competencia las hay en otros sectores, la banca en su posición privilegiada, tiende a extender sus redes en otro tipo de operaciones, venta de artículos, etc…
Escuchando la entrevista a uno de los presidentes de banca, hace unos años, comentaba que el cierre de las sucursales no interesa a nadie, ya que disponen de diferentes puntos de venta, ya establecidos y repartidos estratégicamente por todo el Estado. Lógicamente, no es comercial renunciar a algo así. @mundiario