El seguro de vida como garantía de continuidad

Seguro de empresas. RR SS_
Seguro de empresas. / RR SS.
El seguro de vida es, más allá de un respaldo por fallecimiento, una de las garantías mayores de continuidad para aquello que estemos realizando.
El seguro de vida como garantía de continuidad

El seguro de vida siempre se ha considerado como el principal seguro que una persona puede contratar. Sin embargo, según la mentalidad de muchas personas, suele relacionarse con las hipotecas y créditos concedidos por el banco, viéndolo de esta forma como un inconveniente más.

Este seguro cubre un capital en caso de fallecimiento del asegurado y puede tener una serie de complementarios en función del tipo de fallecimiento, con doble o triple capital, etc.

En la realidad, es una de las garantías mayores de continuidad para aquello que estemos realizando, un proyecto de vida en común con una familia, una garantía para los socios o entre socios de una empresa. Ésta es la opción de la que quiero hablarles: una garantía de continuidad para una empresa, algo que a mis clientes les comento desde la primera visita.

¿En cuántas ocasiones han escuchado que la falta de un socio ha dado al traste con una empresa?, ¿Qué la entrada de un familiar ha perjudicado el desarrollo de la misma?, ¿Qué un tercero ajeno a la sociedad ha llevado por el camino no deseado a una empresa?. Pero, ¿por qué?

Rumbo marcado por los socios 

Aquellas empresas que después de los cinco años se han consolidado, llevan un rumbo, mejor o peor, pero rumbo, al fin y al cabo, establecido por los socios que la componen. Éstos se acoplan, definen sus funciones, tienen sus ideas, sus responsabilidades dentro de la misma de una forma u otra la sociedad, marcha adelante. El hecho de la entrada de un miembro, conocido o no, en el organigrama, hace que en la empresa se puedan generar dudas, mal ambiente, tensiones, etc.., que son inconvenientes a su andadura –ojo no siempre es así, en ocasiones hace un remonte en sus ventas y son el revulsivo para mantenerse-.

Pero hay casos en los que claramente los socios temen la entrada de un “extraño”. A éstos casos me refiero, ya que cualquier negocio tiene un valor, valor cuantificable, real, con independencia del tiempo trabajado, productos, cariño que se le tenga o esfuerzo.

Pues bien, este valor (cuantificable) puede ser asegurado en partes iguales al accionariado de la misma y realizar mediante un contrato de seguro, pagadero por la misma empresa. De esta forma cada socio “blinda” la entrada de personal ajeno a la misma y en caso de fallecimiento ese valor real sería pagado a los herederos, de forma que cubra la indemnización que presumiblemente tendría que cobrar por ese fallecimiento.

Bien calculado puede verse incrementado con los costes de notaría, Registro Mercantil, movimientos en definitiva y por ello, gastos que tendría toda esta operación, pudiendo incluso satisfacerse una cuantía por socio, una demasía por el concepto que fuese. Todo ello sumado sería el capital a cubrir por ese contrato.

Una fórmula más, que pocas empresas han realizado de forma efectiva entre sus socios. Una idea más que puede llevar a cabo con su corredor de confianza. @mundiario 

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