¿Sabe cómo declarar las donaciones a colegios concertados?

Oficina de la Agencia Tributaria. / RR SS
Oficina de la Agencia Tributaria. / RR SS

"Los donativos que algunos padres realizan a fundaciones de colegios concertados serán deducibles en el Impuesto sobre la Renta si cumplen los requisitos legales".

¿Sabe cómo declarar las donaciones a colegios concertados?

Los donativos que algunos padres realizan a fundaciones de colegios de educación concertada siguen siendo deducibles siempre que cumplan los requisitos establecidos en la ley.

Tal y como apunta Expansión, el Ministerio de Hacienda señaló en un reciente comunicado que no existe una campaña general de inspección de la Agencia Tributaria sobre los donativos en colegios concertados y que simplemente se vienen realizando controles puntuales en distintos puntos del territorio. Así lo subrayó Antonio Paredes, experto tributario de los Técnicos de Hacienda (Gestha). "El comunicado indica que los donativos que algunos padres realizan a fundaciones de colegios concertados serán deducibles en el Impuesto sobre la Renta si cumplen los requisitos legales", recuerda.

Según resalta, "en casos puntuales, la Agencia Tributaria ha detectado que un donativo no era tal y ha exigido su regularización". "Básicamente, ha de entenderse que no cumple los requisitos legalmente establecidos cuando el donativo sea contraprestación de un servicio, es decir, cuando ese pago no tenga carácter voluntario y se haga para financiar una actividad ordinaria del colegio que repercute en el alumno".

"La fundación receptora del donativo, en caso de considerar que cumple los requisitos legales para ser considerado como tal, lo incluirá en una declaración informativa, el modelo 182, que debe presentar a la Agencia Tributaria. Como consecuencia de ello, la correspondiente deducción por donativos aparecerá en el borrador de la declaración de la Renta de los padres pagadores de los mismos. No obstante, si el contribuyente tiene dudas respecto a la deducibilidad del donativo, sería conveniente consultar con el colegio o la fundación receptora del mismo si efectivamente cumple los requisitos legales, y en su caso, eliminar la referida deducción del borrador", continúa Paredes. @mundiario

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