La razón por la que la CNMC sancionó a RTVE

Torrespaña. / RTVE
Torrespaña. / RTVE

La Corporación Radiotelevisión Española podrá interponer contra la resolución un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

La razón por la que la CNMC sancionó a RTVE

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a la Corporación Radiotelevisión Española (RTVE) con un total de 1.070.765 euros por la emisión de publicidad no permitida.

Se trata de dos procedimientos sancionadores contra RTVE por la vulneración del artículo 43.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), informa elEconomista.es. La Comisión ha explicado que, en uno de los casos, se sanciona con 341.280 euros por haber emitido campañas de spots de varios productos cuya difusión no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de RTVE. Las comunicaciones comerciales tuvieron lugar en La 1, La 2, Canal 24 Horas y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018.

Asimismo, ha señalado que los anuncios no constituyen supuestos de patrocinios de eventos deportivos y culturales, ni patrocinios en la emisión de competiciones deportivas o emitidos en canales internacionales o patrocinio culturales, sino que "presentan las características propias de comunicaciones comerciales o spots convencionales".

Con relación al otro expediente, la CNMC ha indicado que se ha sancionado con un total de 729.485 euros por haber emitido campañas publicitarias de patrocinios culturales que "podrían considerarse comunicaciones comerciales cuya difusión no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de RTVE".

"Los patrocinios culturales analizados no respetan las condiciones establecidas en la normativa audiovisual y, en consecuencia, serían susceptibles de constituir comunicaciones comerciales o spots, cuya emisión está prohibida por parte de RTVE", ha manifestado. Según ha concretado la Comisión, se introducen, por ejemplo, elementos visuales y mensajes accesorios o menciones sobre las virtudes o características de los productos o servicios promocionados, que incitan directamente a su compra. Los hechos tuvieron lugar en los canales de televisión La 1, La 2, Clan, Canal 24 Horas y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018.

Contra esta resolución RTVE podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional (AN) en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación. @mundiario

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