¿Pueden cobrarme comisiones por la cuenta asociada a la hipoteca?

Billetes de euro. / Pixabay
Billetes de euro. / Pixabay

Los bancos pueden cobrar comisiones por la cuenta corriente vinculada a una hipoteca si la contratación es posterior a abril de 2012.

¿Pueden cobrarme comisiones por la cuenta asociada a la hipoteca?

Los bancos pueden cobrar comisiones por la cuenta corriente vinculada a una hipoteca si la contratación es posterior a abril de 2012.

A la hora de pedir una hipoteca, casi todo se puede negociar: el tipo de interés, los seguros vinculados, las comisiones de la hipoteca... Pero hay un punto en el que resulta casi imposible no pasar por el aro: es obligatorio abrir una cuenta corriente en la entidad para domiciliar las cuotas del préstamo. A pesar de que es una exigencia del banco, muchos consumidores acaban pagando una comisión de mantenimiento por ella. Esta obligatoriedad también ocurre cuando se contrata un depósito o un préstamo.

Según la Memoria de reclamaciones de 2017 del Banco de España, si las cuentas se mantienen por imposición de la entidad y el cliente no les da ningún uso más allá del cobro de intereses o del pago de las letras de un préstamo, "no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración", ya que "en tales situaciones el cliente estaría pagando por cumplir una obligación". 

Esta es la opinión que ha mantenido el regulador tradicionalmente. Sin embargo, con la entrada en vigor de la normativa general de transparencia y de crédito al consumo, el criterio ha cambiado

> La clave: la fecha de contratación de la hipoteca

La primera pregunta que debemos hacernos para saber si el banco puede o no cobrarnos comisiones por el mantenimiento y la administración de una cuenta vinculada es cuándo se formalizó el crédito, la hipoteca o el depósito o en caso de haber realizado una novación cuándo se llevó a cabo. Si la firma es anterior al 29 de abril de 2012, fecha en la que entró en vigor la normativa actual, el banco no puede cobrar comisiones. Si es posterior, entonces sí, pero cumpliendo ciertos requisitos. 

De acuerdo con la nueva normativa, "no se puede considerar apartado de las buenas prácticas bancarias el que una entidad cobre comisiones en las cuentas vinculadas" a los depósitos, los préstamos y las hipotecas, "aunque se utilicen exclusivamente para la gestión de estos", señala el Banco de España. Eso sí, la entidad debe cumplir una serie de condiciones.

En primer lugar, el consumidor debe estar al corriente de que el banco le obliga a contratar una cuenta vinculada. Esta información deberá haberse entregado por escrito al cliente antes de la firma, en el documento previo a la operación. En segundo lugar, se tendrá que haber informado del coste de la cuenta. Tercero, en el contrato deberá aparecer tanto la obligatoriedad de contratar dicho producto como su coste. Y, por último, el banco debe asegurar que "el coste no pueda ser modificado unilateralmente por la entidad a lo largo de la vida del préstamo, crédito o depósito". 

Este último punto es especialmente importante, ya que cuando el cliente firma uno de estos productos, especialmente un crédito o una hipoteca, se ata con la entidad durante muchos años. 

Si no se cumplen las cuatro exigencias anteriores, el supervisor advierte de que el cobro de comisiones por la tenencia de cuentas vinculadas cuando estas solo se utilizan para la gestión de otros productos no se considerará una buena práctica. 

> Cuidado con dar mucho uso a las cuentas

Caso aparte son las cuentas que, aunque han sido contratadas por exigencia de la entidad, el cliente acaba usando para realizar operaciones que nada tienen que ver con la gestión del producto vinculado. Por ejemplo, asociar una tarjeta, domiciliar la nómina o pagar recibos. En ese caso, el cliente debería atenerse a las tarifas que le aplique el banco por este tipo de operativa, señalan desde el comparador de productos financieros HelpMyCash.com.

Si el banco no se ajusta a los criterios actuales, podemos dirigir una queja a su servicio de atención al cliente. Si la respuesta no nos satisface o el banco no ha contestado en el plazo de un mes, podremos elevar una queja al Banco de España por vía telemática, por escrito o en cualquiera de sus sucursales. 

En 2018 el Banco de España recibió 19.695 reclamaciones, de las cuales 9.412 no fueron admitidas a trámite. A 31 de diciembre de 2018, el regulador ya había resuelto 5.632 reclamaciones y en el 68% de los casos había fallado a favor del cliente. Si bien la respuesta del regulador no es vinculante, los bancos acabaron rectificando en el 74% de los casos en los que el Banco de España resolvió la reclamación a favor del consumidor. 

> Contratar una cuenta gratuita desde el principio

Afortunadamente, son bastantes los bancos que no cobran comisiones por las cuentas vinculadas a otros productos. Los bancos online son el mejor ejemplo, ya que no suelen cobrar comisiones por las cuentas asociadas. En realidad es que este tipo de entidad no suele cobrar nunca comisiones por el mantenimiento de sus cuentas, tengan el uso que tengan y sea cual sea la vinculación asumida por el cliente.

También se pueden encontrar cuentas gratuitas en la banca tradicional. Como siempre, antes de contratar un depósito, una hipoteca o un préstamo, se debe comprar, revisar el contrato y, si hace falta, negociar con la entidad. No olvidemos que por muy atractivo que sea el depósito, el crédito o la hipoteca, si la cuenta vinculada tiene comisiones, el atractivo final del producto disminuirá. @mundiario

Comentarios