Ficheros de morosos: qué problemas conlleva estar en uno y cómo solucionarlo

Una cartera.
Una cartera.

En principio, la permanencia máxima de un nombre en cualquier fichero de morosos es de 6 años, pero el peligro es que muchas empresas venden los datos a empresas de cobro, como el ya conocidísimo Cobrador del Frac. 

Ficheros de morosos: qué problemas conlleva estar en uno y cómo solucionarlo

Lo parezca o no, es bastante habitual encontrar a personas que no son conscientes de que han sido incluidos en una de las llamadas listas de morosidad y que se acaban enterando de una manera poco agradable cuando van a solicitar algún tipo de préstamo o financiación. Según estipula la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), cuando se decide incluir a un deudor en uno de estos ficheros, el afectado debe ser avisado en un plazo máximo de 30 días para poder realizar cualquier consulta o intentar rectificar un posible error, sin embargo, es muy habitual que este tipo de notificaciones se extravíen por el camino o terminen enviándose a direcciones que no son las actuales. Es por esto que existen plataformas para asistir a los afectados por este tipo de errores, como las empresas que se dedican a ayudarte a saber si eres moroso, las cuales, además se encargan de proteger tu privacidad con la mayor profesionalidad posible y pueden guiarte a la hora de solucionar cualquier problema relacionado.

Una lista o fichero de morosos es un registro de personas físicas o empresas que hayan cometido algún impago. Si eso es cierto y tu presencia en la lista es debido a una deuda real, que puede ser derivada de un problema de insolvencia en un momento puntual o por una mala gestión, como pensar que existe una domiciliación de algún pago y que no sea así, la solución es fácil, simplemente hay que pagar la deuda, una vez hecho existen dos opciones, la primera es esperar a que la entidad correspondiente se lo notifique al fichero en el que se encuentra tu nombre y la segunda y más recomendable, es ponerse en contacto con el fichero y enviarles el justificante de pago y una fotocopia del DNI, esto puede parecer algo confuso, pero precisamente las empresas de las que hablábamos pueden asesorarte en todo este proceso.

Si, por el contrario, tu deuda se debe a algún error de facturación por parte de la compañía, como por ejemplo las crediticias o las de telefonía, que son las que más incurren en estos fallos, ya sea por un servicio no contratado, por una mala gestión por su parte o porque no se ha tramitado bien algún tipo de baja, no tiene por qué pagarla. Si la compañía lo soluciona el problema y decide mantenerte en el fichero de morosos, puedes acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y presentar una denuncia.

En principio, la permanencia máxima de un nombre en cualquier fichero de morosos es de 6 años, pero el peligro es que muchas empresas venden los datos a empresas de cobro, como el ya conocidísimo Cobrador del Frac. Esto puede suponer un suplicio y un acoso constante, sumado a todos los problemas que tendrás durante ese periodo para solicitar casi cualquier cosa, algunas tan importante como acceder a servicios básicos como la luz y el gas, y tantas otras, como, por ejemplo, conseguir una línea telefónica o internet en otra compañía, financiar cualquier cosa, desde un coche, hasta un pequeño ordenador, o aún más difícil, pedir un préstamo o una hipoteca en el banco, ni siquiera podrás aspirar a tener una tarjeta de crédito. Y todo esto sin tener la culpa.

Es por esto, que desde el Ministerio de Agenda Digital, Energía y Turismo ya están trabajando sobre los derechos digitales de los ciudadanos y han constituido un grupo de trabajo con expertos para entre otras muchas cosas, realizar un diagnóstico de la situación actual y elaborar una ‘constitución digital’ que determine los derechos y garantías de los ciudadanos en internet, por lo que incluiría la privacidad y el control de datos.

Lo que está claro es que pertenecer a cualquiera de las listas de morosos que están activas en España, como los conocidos ficheros del ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito) o el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas), no es plato de buen gusto para nadie, estar en una de ellas puede hacerte la vida muchísimo más complicada y desgraciadamente resulta mucho más fácil entrar en alguna de ellas, que salir. Sobre todo, es importante no ceder a los chantajes de los cobradores, ni a las amenazas del tipo ‘acabarás en la cárcel’, ya que en España no se puede ir a la cárcel por deudas a no ser que exista estafa o fraude, ni tampoco pueden embargarte el sueldo o cualquier paga a no ser que lo determine un juez, y en caso de ser así, sería solo un porcentaje del mismo. Es fundamental que en este tipo de situaciones conozcas tus derechos y por eso, lo mejor en estos casos es ponerte en contacto con profesionales que tengan pleno conocimiento de la Ley de Protección de Datos y seguir sus indicaciones.

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