¿Cómo será la modalidad de pago de los afectados por un ERTE a Hacienda?

Ministerio de Hacienda.
Ministerio de Hacienda. / RR SS.
Con el fin de hacer un poco más llevadera la situación económica actual, Hacienda tomó la decisión de recibir pago en cuotas de sus contribuyentes 
¿Cómo será la modalidad de pago de los afectados por un ERTE a Hacienda?

Los empleados afectados por un ERTE en 2020 a los que la declaración de la renta les salga a pagar,  podrán hacer el pago hasta en seis plazos sin intereses. Específicamente en el documento que podrán leer lo que se dice es que, la Agencia Tributaria les informa de que podrán abonar el dinero entre julio y diciembre, sin coste adicional. Hasta ahora, sólo se podía fraccionar en dos el pago.

El año pasado, aproximadamente unos tres millones y medio trabajadores llegaron a estar en un ERTE en nuestro país. Esta modalidad de pago, que tiene un carácter voluntario, pretende aliviar en cierta medida el impacto de la pandemia de la COVID-19 en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los ciudadanos.

Se dio a conocer que Hacienda emitió una orden ministerial -el mismo día en el que arranca la Campaña de Renta 2020, que comienza este 7 de abril y se prolonga hasta el 30 de junio de 2021- para recaudar este importante cambio en las declaraciones a ingresar de los contribuyentes sujetos a ERTE, que podrán abonar en esos seis meses (entre julio y diciembre) la liquidación sin intereses.

Todas las declaraciones que se deben emitir, por lo general el pago se puede fraccionar en dos veces (el 60% al presentar la autoliquidación y el 40% restante en noviembre), pero la orden ampliará esos plazos para los sometidos a ERTE. En este sentido, el pago del fraccionamiento solicitado se llevará a cabo en seis fracciones, con vencimiento los días 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021. Es importante saber que no existirá ningún tipo de intereses de demora durante dicho fraccionamiento ni será necesaria la aportación de garantía.

¿Qué hacer ante cobros incorrectos? 

Del mismo modo, la Agencia Tributaria recomienda a los trabajadores afectados por un ERTE que hayan recibido cobros indebidos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que puedan esperar el momento de la reclamación antes de poder presentar la declaración de la renta.

La Agencia Tributaria hizo público hace algunos días en su página web un informe con detalles específicamente para los 3,5 millones de trabajadores afectados por un ERTE ante la campaña de la renta 2020, que arranca el 7 de abril.

Más concretamente, la Agencia mencionó que las dificultades que puede encontrar el colectivo perceptor de prestaciones del SEPE (que se consideran rendimientos de trabajo sujetos a IRPF) proceden bien sea del hecho de tener dos personas que paguen (su empresa y el SEPE) o también pudiera ser por haber recibido abonos que no le correspondían.

En los casos de trabajadores que hayan recibido un abono del SEPE superior al que le correspondía, Deberán tener en consideración esta circunstancia a la hora de elaborar su declaración de la renta, aunque la actuación será diferente en función de si se les ha reclamado o no la devolución de estas cantidades.

De este modo, si el SEPE hubiera reclamado la devolución en 2020 y esta se ha efectuado, la Agencia Tributaria contará con la información correcta y el contribuyente podrá presentar su declaración normalmente.

No obstante, si el SEPE no reclamó en 2020, la información que aparece en los datos fiscales de la Agencia Tributaria podría no ser correcta -porque no recoge devoluciones efectuadas en 2021 o porque la reclamación ni siquiera se ha iniciado-, por lo que si fuese de este modo recomienda esperar a que se actualice.

El SEPE y la Agencia Tributaria mantienen contactos para mantener actualizada constantemente la información de reintegros a lo largo de la campaña de la renta de manera que los contribuyentes puedan contar con los datos correctos en su borrador. @mundiario 

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