El 'agujero patrimonial' de la inmobiliaria Reyal Urbis es de 1.724 millones de euros

Como ya se avanzó en MUNDIARIO, la inmobiliaria Reyal Urbis está inmersa en el segundo mayor concurso de acreedores en España, tras el protagonizado por la compañía Martinsa-Fadesa.
El 'agujero patrimonial' de la inmobiliaria Reyal Urbis es de 1.724 millones de euros

Reyal Urbis gestiona una de las mayores carteras inmobiliarias de España.

Como ya se avanzó en MUNDIARIO, la inmobiliaria Reyal Urbis está inmersa en el segundo mayor concurso de acreedores en España, tras el protagonizado por la compañía Martinsa-Fadesa. Analicemos los detalles del caso, que son, sin duda, de trascendencia e interés público.

Ante la carencia de liquidez que ocasionó que la mercantil Reyal Urbis SA no pudiera atender sus pagos a corto plazo, el pasado 23 de octubre la inmobiliaria puso en conocimiento del Juzgado competente el inicio de negociaciones para lograr un acuerdo de refinanciación o subsidiariamente para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 bis de la Ley 22/2003 de 9 de julio Concursal. El proceso de negociación de la refinanciación de la deuda no produjo el resultado esperado y ante la imposibilidad de conseguir la liquidez necesaria en el plazo que señala el artículo 5 bis de la Ley Concursal, unido a la actual situación de los mercados, la imposibilidad de obtener financiación ajena para el desarrollo de las viviendas y promociones con el consecuente deterioro del sector inmobiliario y los condicionamientos contractuales que pesan sobre la Sociedad, son las causas que han desencadenado la solicitud de declaración de concurso voluntario de la inmobiliaria Reyal Urbis.

Reyal Urbis SA cuenta con una de las mayores carteras de activos inmobiliarios del sector, cuyo valor superaba los 2.621 millones en diciembre de 2012, según valoraciones realizadas en dicha fecha por un experto independiente, Jones Lang Lasalle.

El pasado 19 de febrero, el Consejo de Administración de Reyal Urbis llegó a un acuerdo para llevar a cabo las actuaciones necesarias a efectos de presentar la solicitud de concurso voluntario de acreedores. La sociedad confirmó que ese mismo día quedó presentada ante el juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid la mencionada solicitud. El 4 de marzo, por el Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid, se dictó auto por el cual se declaró el concurso voluntario de acreedores de la mercantil Reyal Urbis. En dicho auto se dispone que del análisis de la documentación aportada por la inmobiliaria, se deduce que la misma presenta una deuda de 4.345,43 millones de euros, mientras que el valor de su activo es de 2.621,38 millones de euros. En consecuencia, existe un 'agujero patrimonial' de 1.724 millones de euros.

Según establece el auto de declaración del concurso, el deudor Reyal Urbis conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, si bien estará sometido a la intervención de los administradores concursales.

Dada la trascendencia e interés público de este concurso, se nombró a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria administrador concursal, puesto que un gran número de créditos son de titularidad de varios órganos de la Administración Central del Estado. También es administrador la CNMV, que delegó en BDO Auditores. Ambos aceptaron sus encargos el pasado 11 de marzo.

Aquellos que sean acreedores de la mercantil Reyal Urbis deberán comunicar la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso en el BOE, el tablón de anuncios del juzgado que conoce del asunto y el Registro Público Concursal.

El concurso de acreedores afecta a quienes tengan relación económica con la empresa: los trabajadores de la misma, los acreedores, entre los que son de destacar los proveedores, las entidades financieras y la Administración Pública (Hacienda y Seguridad Social), los socios de la propia empresa concursada y los compradores de viviendas de la inmobiliaria concursada, estos últimos teniendo en cuenta, a la hora de reclamar, si las viviendas están o no construidas.

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