¿Cuánto podrás recuperar por el suelo tras el no de la UE a la devolución total?

Clausula suelo en hipotecas.
Cláusula suelo en hipotecas.

A la espera de la sentencia del TJUE, los afectados por suelo no recuperarán todo su dinero a tenor de las conclusiones del Abogado General.

¿Cuánto podrás recuperar por el suelo tras el no de la UE a la devolución total?

Las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han desestimado la posibilidad de que los afectados por las cláusulas suelo puedan recuperar todo su dinero. Aunque las conclusiones no son vinculantes, la sentencia del Tribunal suele coincidir en un 90 % de las veces.

El comparador financiero HelpMyCash.com ha elaborado una calculadora gratuita, para comprobar el importe qué debe devolverte el banco por el suelo desde 2013, y el que deberías recuperar si la devolución fuera total.

¿Cómo funciona esta calculadora de cláusula suelo?

La herramienta es gratuita y tiene un funcionamiento muy sencillo. Solo debes rellenar los campos con los datos imprescindibles para obtener qué importe debes recuperar por el suelo de tu hipoteca desde 2013, y qué cantidad te correspondería en realidad con una devolución total.

Por lo tanto es necesario que introduzcas el importe de la vivienda, el importe de la hipoteca, el plazo, el valor de las cláusulas suelo;  y condiciones específicas del préstamo hipotecario como tipo de interés, comisiones, productos vinculados, etc. Por último debes incluir tu email, en el que en pocos minutos recibirás un informe detallado.

¿En qué casos podemos reclamar la nulidad del suelo en nuestra hipoteca?

Existen 3 casos concretos en los que sí podremos demostrar que la cláusula suelo es ilegal:

1) Si el banco no nos explicó en qué consistía la cláusula suelo y cómo afectaría en las mensualidades antes de la firma del contrato. Además, si aparecía bajo otros nombres como por ejemplo, límite de interés, es una muestra más de falta de transparencia. Hoy en día, los bancos están obligados a entregar un folleto explicativo donde se detallen todas las características de la hipoteca y asegurarse de que los clientes entienden a qué se comprometen.

2) Si existe una gran diferencia entre los valores aplicados de suelo y el techo en el contrato hipotecario: el techo es el contrario de la cláusula suelo y nos protege de grandes subidas del euríbor. Algunos bancos incluyen un techo del 15 % o superior, valores a los que nunca ha llegado (ni llegará) el euríbor. Si el valor del techo es muy alto, igual que la cláusula suelo, es otra muestra de falta de transparencia.

3) Si no se ha firmado oferta vinculante o en ella no figuraba la cláusula suelo: siempre que el banco no nos presentara una oferta vinculante o nos ofreciera una en la que no estuviera incluido el suelo hipotecario.

Pese a que es una práctica abusiva y en algunos casos se puede reclamar, existen otros en los que no. En aquellas situaciones en las que el hipotecado firmó por su contrato conociendo que existía esta cláusula, no se podrá demandar a la entidad exigiendo el dinero que hemos pagado de más.

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