¿Conoces las novedades fiscales de los premios de la Lotería de Navidad?

Juego de lotería. / pixabay.com
Bolas de la lotería. / Pixabay

Este año los premios de la Lotería de Navidad son un poco mayores porque la tributación ha bajado a través de un incremento del mínimo exento desde los 2.500 a los 10.000 euros.

¿Conoces las novedades fiscales de los premios de la Lotería de Navidad?

¿Te va a tocar a ti? Quién sabe…, la ilusión, al igual que la esperanza, es lo último que se pierde, aunque las matemáticas indiquen que la probabilidad de que toque el Gordo es de 1 entre 100.000, es decir, el 0,00001%. Esto no impide que sean muchos los que estos días hacen cálculos y cábalas sobre el destino del premio, que acabará tornándose en conformismo por recuperar el dinero jugado a través del reintegro después del Sorteo, lo que sucede en el 9% de los casos.

Pero, ¿y si toca?, ¿sabes a cuánto asciende el premio “Gordo”? En el reverso del décimo dice que son 400.000 euros, pero en realidad son 322.000 euros, los 78.000 restantes se los lleva el fisco. Los que tengan  un boleto agraciado con el segundo premio cobrarán 102.000 euros que junto con los 23.000 que se lleva Hacienda hacen los 125.000 euros que indica el Décimo, mientras que si te corresponde un tercer premio de 50.000 euros brutos, cobrarás 42.000 euros, más del doble de lo que ganará el agraciado con el cuarto, al que le retendrán 2.000 de los 20.000 euros de su boleto. Este año como novedad, los quintos premios –dotados con 6.000 euros– están exentos de tributar.

Una vez que te toca ¿cómo debes abonar el impuesto?

No hay que preocuparse por la gestión tributaria, si resultas agraciado por alguno de los cuatro primeros premios, el importe que se cobra es neto, con el impuesto ya descontado. A partir de ese momento solo hay que preocuparse de gastarlo o ahorrarlo, pero ¿qué ocurrirá con el IRPF?, ¿ha de incluirse en la declaración correspondiente al ejercicio 2018? No, ese dinero no vuelve a tributar en el Impuesto sobre la Renta como tal, aunque sí lo harán los rendimientos que genere. No obstante el premio obtenido sí pasará a formar parte del patrimonio y, por lo tanto, si eres sujeto pasivo del Impuesto de Patrimonio o entras a formar parte del selecto club de estos contribuyentes después del premio, habrás de tributar.

La suerte, cada vez más próxima a las empresas

Como dato curioso hay que apuntar que la suerte se pone cada vez más del lado de las empresas. En el último lustro, la recaudación del gravamen de la lotería que pagan las personas jurídicas a través del Impuesto de Sociedades se ha multiplicado por 10 y parece que este año puede superarse el récord  alcanzado en 2017. ¿Es que la suerte se ha puesto del lado de las empresas y ahora les toca más? No parece ser esta la razón. La explicación apunta más bien hacia un fraude fiscal que va en aumento, pues si una persona física paga el 20% del premio a partir de 10.000 euros, las personas jurídicas que estén en pérdidas, pueden integrar el premio en la base del impuesto de sociedades y, además de no tributar, tendrán derecho a la devolución de las retenciones practicadas en el momento de cobrar la Lotería.

La tentación de muchos socios o trabajadores allegados a una empresa en estas circunstancias puede ser elevada, si bien no lo es menos la labor de vigilancia y control que están llevando a cabo los inspectores de hacienda que avisan de que están estrechando el cerco tanto para tratar de evitar este tipo de prácticas, como para descubrir conductas habituales de blanqueo de dinero que se producen después de cada sorteo.

Con todo, quien se siente ganadora antes de cualquier sorteo es Hacienda, que espera una recaudación de 190 millones de euros de la Lotería del día 22 de diciembre –un poco menos que el año pasado a pesar del incremento de las ventas, propiciado por la subida del mínimo exento–, a los que hay que sumar los 1.300.000 euros anuales que recauda a través de todos los sorteos que se celebran.

En cualquier caso, recuerda, la salud es lo importante. @mundiario

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