Los comercios de España podrán tomar acción contra el blanqueo de capitales

Luis de Guindos (primer plano), ministro de Economía de España. / Twitter
Luis de Guindos (primer plano), ministro de Economía de España. / Twitter

El Ejecutivo dará la facultad a los comercios para vigilar las compras de extranjeros si éstas superan los 10.000 euros pagados en efectivo y de 2.500 para nacionales.

Los comercios de España podrán tomar acción contra el blanqueo de capitales

El Gobierno ha dado un nuevo paso en su lucha contra el blanqueo de dinero y ha decidido elevar las sanciones previstas, garantizar el anonimato de las denuncias y exigir a los comercios que se mantengan vigilantes a las compras en efectivo de extranjeros si estas exceden de los 10.000 euros.

La noticia fue confirmada por el Ministerio de Economía, que ha sacado a consulta pública hasta el próximo 10 de junio y que adaptará la ley española a las directrices llegadas desde Bruselas en mayo de 2015, escribe este miércoles El País.

La legislación española ya incluye la mayor parte de lo previsto en la norma comunitaria, mas todavía requiere la adaptación de algunos artículos, especialmente aquellos que limitan el poder sancionador.

Madrid espera actualizar al alza el régimen de sanciones. Su idea es compatibilizarlos con los "límites máximos previstos en la directiva europea", y para ello espera mejorar la detección de infracciones y catalizar los mecanismos de denuncia, que ahora garantizarán el anonimato de las fuentes, sigue el mismo medio.

Las modificaciones tampoco serán abruptas. La idea es que estos cambios mejoren el sistema punitivo para que las posibles sanciones sean suficiente advertencia para los potenciales maleantes.

En relación a los pagos en efectivo, para los no residentes el tope será de 15.000 euros, mas los vendedores tendrán potestad y deber de tomar medidas de prevención del blanqueo de capitales en cuanto la compra supere los 10.000 euros y éstos se paguen con billetes. Para los nacionales la limitación estará en 2.500 euros.

Aparte del refuerzo de las sanciones, este documento también explica que se podría cambiar el concepto de grupo empresarial a fin de que éste quede según los cánones de la Comisión Europea y crear de esta forma un censo de personas que se dediquen a prestar servicios a sociedades y estructuras jurídicas sin personalidad, explica el medio ya citado.

En simultáneo, se revisará el concepto de país tercero en los aparatos de prevención, pues se trata de uno concepto que "casi desaparece de la nueva normativa europea y deberá ser objeto de una redefinición en la norma española", y añadir la aplicación obligatoria de medidas de diligencia reforzada respecto a los países que incluye la UE en su propia lista.

En cuanto se supere el proceso de consulta pública, el documento se llevará a audiencia pública, tentativamente para septiembre. Su paso final será el Consejo de Ministros.

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