¿Cómo afecta al ciudadano el rechazo a la reforma de la ley de alquiler?

Viviendas. / RR SS
Viviendas. / RRSS

Quienes hayan firmado un contrato de arrendamiento en algún momento desde el pasado 18 de diciembre y este 22 de enero deben tener la seguridad de que todas las condiciones firmadas seguirán plenamente vigentes.

¿Cómo afecta al ciudadano el rechazo a la reforma de la ley de alquiler?

El Congreso ha tumbado este martes el Real-Decreto Ley sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, tras perder el apoyo de Podemos.

Más allá de las consecuencias políticas que esta decisión pueda implicar, las consecuencias sobre los propietarios de viviendas y arrendatarios son inmediatas, como señala La Vanguardia. A partir de este martes, la ley vigente es la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013 y la protección sobre quienes alquilan se debilita frente a la legislación que ha estado vigente en estos últimos 35 días.

Eso sí, quienes hayan firmado un contrato de arrendamiento en algún momento desde el pasado 18 de diciembre y este 22 de enero deben tener la seguridad de que todas las condiciones firmadas seguirán plenamente vigentes hasta la fecha de finalización del contrato. “Los Reales Decretos entran en vigor en el momento en el que se publican en el Boletín Oficial del Estado. La decisión tomada hoy por el Congreso deroga el texto, pero no tiene ningún efecto retroactivo sobre lo aprobado hace poco más de un mes”, explica Carlos Javier Galán, abogado y profesor del Master de abogacía de UOC.

“Hay que estar muy atentos. Los propietarios suelen estar más asesorados que los arrendatarios y puede ocurrir que les inviten a modificar las condiciones para ajustarse a la normativa vigente. Los inquilinos debe saber que no están obligados a actualizar el contrato de arrendamiento a la ley que hoy vuelve a entrar en vigor si no quieren”, advierte Laura Martínez, experta en finanzas de iahorro.com.

Para quienes tenga previsto alquilar a partir de hoy las condiciones legamente vigentes quedan así:

1. De nuevo, los propietarios tienen vía libre para exigir a los inquilinos el aval o la fianza que consideren oportuno. La reforma de Pedro Sánchez la había limitado a un máximo de 2 meses de renta cuando el propietario era una empresa y a uno si era un particular.

2. El plazo mínimo de los contratos de alquiler vuelve a estar marcado en tres años. Frente a los cinco años que había establecido el Real Decreto Ley del 18 de diciembre de 2018 para los contratos entre particulares y que se ampliaba hasta siete si el propietario de la vivienda era una empresa.

3. También quedan recortadas las prórrogas tácitas que vuelven a ser de máximo un año y no de tres. Es decir, si pasado el período de prorroga obligatorio en el contrato las partes no manifiestan su intención de revocarlo, se da por supuesto que se amplia el contrato. Esa ampliación a partir de hoy vuelve a ser de solo un año. La nueva ley la había ampliado a tres.

4. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITAJD) que se aplica al contrato de arrendamiento y el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que grava los contratos de alquiler volverán a recaer sobre el bolsillo de los inquilinos. El Real Decreto derogado este martes había declarado exentos de este impuesto los contratos de alquiler.

5. También vuelve a recaer sobre el inquilino el pago de Impuesto de Bienes Inmuebles para quienes arrienden una vivienda de alquiler social a Administraciones o entes públicos, una obligación que también había suprimido la anterior legislación

6. Los más perjudicados por la decisión del este martes del Congreso son los inquilinos avocados al desahucio. Queda sin efecto la medida que pretendía proteger a los afectados por desahucios en situación vulnerable.

7. La decisión tomada por el Congreso dinamita el intento del Gobierno de Pedro Sánchez de controlar el alquiler de pisos turísticos. Las comunidades de vecinos ya no podrán limitar o condicionar esta actividad para “favorecer la convivencia” en el edificio como había establecido la legislación anterior. @mundiario

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