Reformas en Régimen de Tributación Simplificada entrarán a regir a partir del 1 de marzo

Contabilidad. / RR SS
Contabilidad. / RR SS

La administración tributaria amplío las actividades económicas que pueden ingresar en el Régimen Simplificado, además de que aumentó el monto de compras anuales.

 

Reformas en Régimen de Tributación Simplificada entrarán a regir a partir del 1 de marzo

Nuevas reformas al Régimen de Tributación Simplificada del Impuesto sobre la Renta empezarán a regir a partir del próximo mes según anunció el Ministerio de Hacienda mediante publicación en el diario oficial La Gaceta.

El socio director de la firma Baker Tilly Costa Rica, Alberto Porras, explicó que estas reformas regulan los requisitos para el ingreso de los contribuyentes al Régimen de Tributación Simplificada. Además, específica el cálculo del impuesto a pagar y las fechas de presentación de las declaraciones.

Además, entre los principales cambios que presenta este Régimen están los requisitos que deben cumplir los contribuyentes.

El primer cambio es en el monto máximo de compras anuales de los contribuyentes para mantenerse en este Régimen. Este pasó de 150 salarios base (¢69.330.000) a 186 salarios base, incluyendo el IVA.

El Ministerio de Hacienda también amplío las actividades que pueden pertenecer a este tipo de Régimen. Esto significa que muchos contribuyentes que actualmente están en el Régimen a las Utilidades o, como se conoce popularmente, Régimen Tradicional, pueden emigrar y trasladarse al Régimen Simplificado, “esto siempre y cuando cumplan con las características de este tipo de Régimen. Dentro de ello están criterios como cantidad de empleados, máximo de activos, máximo de compras, entre otros”, afirmó Porras.

Entre las nuevas actividades incluidas en el Régimen de Tributación Simplificada destacan la elaboración y venta de todo tipo de repostería y pastelería, los viveros de plantas ornamentales, suculentas, plantas de jardín y elaboración de terrarios, excepto la producción de almácigos, la elaboración de todo tipo de bisutería; así como su reparación, elaboración de artesanía y obras de artes, así como su restauración, la confección de productos textiles para personas, así como su reparación, entre otros.

También, se elimina el tope del valor máximo individual de venta, de cualquier unidad de bebida alcohólica, que supere el 1% del salario base.

El experto indicó que es importante recordar que el contribuyente del Régimen de Tributación Simplificado no está obligado a emitir factura electrónica; sin embargo, podrá optar, de manera voluntaria y exclusiva, por la emisión de comprobantes electrónicos, utilizando para ello la figura de emisor receptor no confirmante. @mundiario

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