La Corte Constitucional de Colombia declara inconstitucionalidad parcial de la paz total
La Corte Constitucional de Colombia ha emitido su dictamen sobre la Ley de Paz Total impulsada por el presidente Gustavo Petro. La ley, diseñada para desarmar estructuras criminales a cambio de beneficios judiciales, fue aprobada en diciembre de 2022. Sin embargo, el representante de la oposición, José Jaime Uscátegui, presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional.
El tribunal ha determinado que la Paz Total no desconoce la Constitución, pero encontró disposiciones inconstitucionales que otorgaban un poder excesivo al presidente. Entre los cambios ordenados por la Corte, destaca que la decisión final de suspender órdenes de captura estará en manos de los jueces, los voceros de paz no pueden ser personas en prisión, y la excarcelación queda excluida. Además, el presidente deberá justificar cada suspensión de orden de captura ante un juez.
La Corte también indicó que el Consejo Superior de Política Criminal, que se oponía a la ley, no tiene un carácter vinculante, y la ausencia de su concepto no invalida el proceso legislativo. Se mantienen las potestades del presidente para fijar términos de sometimiento, suspender órdenes de captura y seleccionar zonas de ubicación temporal, pero con condiciones y parámetros previos.
La resolución ha generado cambios significativos en la aplicación de la Paz Total, que busca desarmar a grupos ilegales a través de negociaciones. Aunque la ley continúa, la decisión de la Corte ha limitado la discrecionalidad del presidente y ha introducido salvaguardas para proteger los derechos de las víctimas y garantizar un proceso más transparente y controlado. @mundiario