Si no se reforma la Justicia, el Estado de Derecho no tardará en estar en quiebra

Símbolos de la justicia.
Símbolos de la justicia.

Urge una reforma, probablemente constitucional, que garantice la independencia de la justicia, hoy reducida a los niveles de Juzgados, Audiencias y, parcialmente, Tribunales Superiores de Justicia.

Si no se reforma la Justicia, el Estado de Derecho no tardará en estar en quiebra

Urge una profunda reforma, probablemente constitucional, que garantice la independencia de la justicia, hoy reducida a los niveles de Juzgados, Audiencias y, parcialmente, Tribunales Superiores de Justicia.

En el Estado español, la mayoría absoluta del PP domina los Poderes legislativo y Ejecutivo estatal e indirectamente el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial, órgano de gobierno de los jueces. A través de su dominio del Consejo condiciona la composición del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional. Como resultado de todo ello, los controlados nombran indirectamente a quienes han de controlarlos. Urge una reforma sustancial que recupere la división de poderes. De otro modo, el Estado de Derecho estará en quiebra en no mucho tiempo.

La intromisión del Gobierno del Estado en la administración judicial está poniendo en riesgo la mayor parte de los controles que definen el Estado español como un Estado democrático de derecho. Esta intromisión tiene su origen en la mayoría absoluta de noviembre de 2011, que le otorgó al PP el control de los Poderes legislativo y ejecutivo estatales. Y, también, en los graves defectos de la regulación generada por el PSOE y PP desde 1978.

Este control determina que la mayoría que apoya el Gobierno del Estado elija indirectamente una mayoría absoluta del Tribunal Constitucional (TC). Lo que quiere decir que las leyes aprobadas por la mayoría absoluta del Parlamento estatal van a ser controladas en su constitucionalidad por ese TC indirectamente nombrado por Rajoy y que fija unilateralmente su agenda. Adelantando las cuestiones que interesan (Catalunya, por ejemplo) y retrasando las que no convienen (ley de tasas judiciales). Por las mismas razones, los recursos de inconstitucionalidad contra leyes autonómicas van a ser decididos por un árbitro casero, casi siempre favorable a los intereses centralistas, ya que es el propio  Ejecutivo estatal el que nombra indirectamente al TC.

Pero este control falla también en lo que atañe al control de la normativa reglamentaria y de la actividad administrativa. Las tasas limitan sustancialmente el acceso a la justicia y,por tanto,  el control de la legalidad de la actividad administrativa. Y el Gobierno del Estado nombra indirectamente una mayoría absoluta del Consejo del Poder Judicial (CGPJ), órgano de gobierno de los jueces que determinan los magistrados que llegan al Tribunal Supremo (TS) y a la Audiencia Nacional (AN). Siendo el TS y la AN los órganos jurisdiccionales sobre los que recae la mayor parte del control real de la actuación reglamentaria y político-administrativa del Gobierno del Estado. Sí, acertaron, vds. Controlan indirectamente  a los que les debían  controlar.

 Por ello es urgente una profunda reforma, probablemente constitucional, que garantice la independencia de la justicia, hoy reducida a los niveles de Juzgados, Audiencias y, parcialmente, Tribunales Superiores de Justicia.

 Además, en Galicia, Euskadi, Catalunya y demás territorios que así lo decidieran, el Poder Judicial habría de residenciarse como Poder emanado del ámbito del autogobierno territorial, como en USA, Canadá o Suiza. Por lo que las vías de recurso, en general, habrían de finalizar en sus respectivos Tribunales Superiores de Justicia.

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