Los proveedores podrán vetar la venta de productos de lujo en eBay y Amazon

Amazon./ timesheadline.com
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El problema es significativo en Europa, cuyas empresas representan el 70% de las ventas globales de artículos de lujo. 

Los proveedores podrán vetar la venta de productos de lujo en eBay y Amazon

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado el miércoles que los proveedores de productos de lujo puedan prohibir a distribuidores autorizados la venta de sus productos en plataformas de terceros como Amazon o eBay.  En su sentencia, de acuerdo La Vanguardia, el tribunal con sede en Luxemburgo argumenta que esta prohibición resulta “adecuada” y “no va en principio más allá de lo necesario para preservar la imagen de lujo de los productos”.

El caso responde a las exigencias que impone Coty Germany, uno de los principales proveedores de cosméticos de lujo en Alemania, a los minoristas que distribuyen sus productos. A fin de preservar la imagen de lujo de algunas de sus marcas, las comercializa mediante una red de distribución selectiva, constituida por minoristas autorizados cuyos establecimientos deben respetar determinadas exigencias relativas al ambiente, la equipación y las instalaciones.   Los minoristas autorizados también pueden ofrecer y vender los productos objeto del contrato en Internet pero condicionada a que se realice mediante un “escaparate electrónico” del establecimiento. Asimismo, prohíben expresamente al minorista autorizado la utilización de terceras empresas no autorizadas.

El problema es significativo en Europa, cuyas empresas representan el 70 % de las ventas globales de artículos de lujo. Las plataformas en línea como Amazon o eBay dicen que imponer límites a las ventas en línea es anticompetitivo y perjudica a las pequeñas empresas. Sin embargo, el TUE precisa que un sistema de distribución dirigido a preservar la imagen de lujo de los productos “no incumple la prohibición de prácticas colusorias” de la legislación comunitaria, siempre que cumpla una serie de requisitos establecidos.

En concreto, la elección de los revendedores se tiene que hacer bajo criterios objetivos de carácter cualitativo, establecidos de modo uniforme respecto a todos los revendedores potenciales y aplicados de forma no discriminatoria. En segundo lugar, el TUE señala que los criterios exigidos no deben ir más allá de lo necesario. El Tribunal de Justicia añade que la prohibición de cláusulas colusorias “no se opone a una cláusula contractual que prohíbe a los distribuidores autorizados (...) recurrir de manera evidente a plataformas de terceros para vender en Internet los productos de que se trata” si se cumplen otra serie de criterios.  Dentro de los mismos, el TUE ha apuntado que la cláusula “debe pretender preservar la imagen de lujo de esos productos”, debe establecerse “de modo uniforme y aplicarse de forma no discriminatoria” y “debe ser proporcionada al objetivo perseguido”.

Coty Germany interpuso un recurso ante los tribunales nacionales contra uno de sus distribuidores autorizados, Parfümerie Akzente, para prohibirle la distribución de sus productos a través de la plataforma Amazon. El Tribunal Superior Regional Civil y Penal de Fráncfort del Meno, Alemania, preguntó al TJUE si esa cláusula respeta el derecho comunitario. Mediante su sentencia, el Tribunal precisa que un sistema de distribución selectiva de productos de lujo dirigido a preservar la imagen de éstos no incumple la prohibición de prácticas colusorias reconocida en la legislación comunitaria siempre que se cumplan unos requisitos. @mundiario

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