La jueza desacredita la querella de Manuel Soria contra Victoria Rossell

José Manuel Soria. / elespanol.com
José Manuel Soria. / elespanol.com

La magistrada Margarita Verona ha dejado sin efecto alguno las quejas del exministro contra la otrora legisladora de Podemos y le ha acusado de entrometerse en otros asuntos fiscales.

La jueza desacredita la querella de Manuel Soria contra Victoria Rossell

Margarita Varona ha notificado a José Manuel Soria que su querella contra Victoria Rossell ha sido desechada. La magistrada del Tribunal Supremo de Justicia de Canarias ha negado los argumentos de prevarición, cohecho y retardo malicioso que impuso la exlegisladora de Podemos. Pero aparte de eso también le ha acusado de tener acceso a información confidencial relativa a diligencias penales en las que no tiene nada que ver.

El auto de archivo analiza minuciosamente los supuestos delitos que Soria y su abogado (Eligio Hernández) querían atribuir a la magistrada titular de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria. El principal argumento de la jueza fue que el querellante no presentó ningún argumento que acreditara ante las autoridades ninguna de sus quejas, por lo que tras haber tomado las declaraciones de la denunciada, su pareja, el periodista Carlos Sosa; a Miguel Ángel Ramírez, empresario; a Evangelina Ríos, fiscala; y a Miguel Ángel Juanes, secretario judicial, decretó el archivo de las actuaciones.

"La parte querellante no menciona en el relato de hechos de sus escritos de ampliación de querella ni concreta tampoco resolución alguna de la señora Rosell que se considera prevaricadora, limitándose a imputar tan grave delito bien porque la querellada presuntamente no tomó decisiones conforme a la ley y/o retrasó la causa de las DP 644/2014 (las que van en Instrucción 8 contra Miguel Ángel Ramírez)", aseguró la jueza. Varona agrega que "el delito de prevaricación se imputa en la querella de forma autónoma, al igual que el de retraso malicioso en la Administración de Justicia, pero aparece indefinida la concreta conducta prevaricadora que se achaca y cuáles serían las resoluciones injustas dictadas por la magistrada querellada".

La magistrada también aclara que el abogado de Soria nunca impuso "diligencia de prueba alguna que permitiera evidenciar la prevaricación imputada ni, insisto, se menciona resolución concreta prevaricadora alguna". Respecto al retardo malicioso la jueza varona resume algunos hitos de la instrucción de la DP 644/2014, por ejemplo diferentes recursos y providencias, especialmente la de un pen drive cuya notificación a las partes sí fue ordenada por Rossell, pese a que su sustituto en el juzgado, Salvador Alba, informó lo contrario. A todo eso, Varona agrega que "la realidad del elevado número de diligencias previas que se incoan por los juzgados de Instrucción de esta capital, las guardias de 24 horas que se efectúan (…), los juicios rápidos por delitos graves y leves y los juicios de faltas que se celebran, así como la existencia de causas preferentes en tales órganos judiciales como son las causas con preso o aquellas de especial gravedad y con víctimas a las que ha de ofrecerse una rápida respuesta judicial".

La suma de todas las cosas "no aparece acreditada la comisión por la señora magistrada querellada del delito de retardo malicioso en la Administración de Justicia que se le imputa", concluye Varona.@hmorales_gt

 

 

 

 

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