Créditos para tratamientos dentales: ¿cuáles son mis derechos?

Qué tener en cuenta al financiar un tratamiento dental. / Pixabay
Clínica dental. / Pixabay

El cliente tiene derecho a que se le informe de todas las condiciones de financiación y a dejar de pagar el crédito si la clínica dental cierra y no puede terminar el tratamiento.

Créditos para tratamientos dentales: ¿cuáles son mis derechos?

A lo largo de todo el año 2018, el Banco de España recibió numerosas reclamaciones sobre préstamos contratados para financiar tratamientos dentales que se querían cancelar tras el cierre de la clínica. Y es que estos productos, aunque cada vez se soliciten más, generan todavía muchas dudas en los consumidores, que pueden terminar siendo víctimas de abusos. Por ello, desde HelpMyCash.com nos explican a continuación cuáles son todos los derechos que tiene un cliente cuando pide un crédito para pagar los servicios de un dentista.

Derecho a recibir toda la información

En primer lugar, si el dentista colabora con algún prestamista y nos ofrece financiación para pagar sus tratamientos a plazos, nos tiene que proporcionar toda la información del crédito: el interés aplicado, las comisiones, el plazo, los servicios accesorios (seguro de vida, por ejemplo), etc. Asimismo, nos tiene que comunicar el precio al contado del tratamiento que vayamos a contratar, así como su coste final tras abonar los intereses y el resto de gastos asociados al préstamo.

Todas las condiciones de financiación nos las debe facilitar mediante la entrega del formulario de Información Normalizada Europea (INE), un documento estándar en el que se recogen todas las características de un crédito al consumo. En la ficha INE debe aparecer, además, el nombre de la financiera que colabore con el dentista y tiene que indicarse que el crédito está vinculado a la prestación de un servicio específico (el tratamiento dental, en este caso).

Derecho al desistimiento y al reembolso anticipado

El contrato, como es lógico, tiene que incluir las mismas condiciones recogidas en el formulario INE. Asimismo, en él debe quedar reconocido el derecho de desistimiento, que nos da la capacidad de rescindir el préstamo unilateralmente durante los 14 días naturales posteriores a la firma. Desde HelpMyCash.com también destacan que si decidimos cancelar el tratamiento en algún momento, el crédito vinculado al mismo también quedará cancelado automáticamente.

Otro de los derechos que debe recoger el contrato del préstamo para el tratamiento dental es el de reembolso anticipado. Dicho de otro modo, como prestatarios tenemos derecho a devolver una parte o todo el crédito antes de tiempo, ya sea para liquidarlo o para reducir el capital pendiente y ahorrarnos así un dinero en intereses.

Hay que decir, eso sí, que la financiera nos puede cobrar una comisión de hasta el 1% sobre la cantidad devuelta (0,5% si queda un año o menos para el vencimiento), que debe estar recogida en el contrato. No obstante, hay algunas entidades que no aplican esta compensación: Cofidis y Cetelem, por ejemplo, no la cobran cuando se contrata el crédito directamente con ellas (no a través de un dentista).

¿Y si el dentista cierra y no termina el tratamiento?

Pero lo que preocupa más a la mayoría de los consumidores es qué ocurre si la clínica dental cierra o si no se recibe el tratamiento tal y como se había acordado con el dentista. En estos casos, como el préstamo está vinculado al propio servicio, este se anula de manera automática, según afirman desde la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía.

Sin embargo, en ciertas ocasiones, es posible que la financiera siga cobrando las cuotas del préstamo. En estos casos, si el prestamista no entra en razón, hay que interponer una reclamación judicial para que sea la clínica dental la que abone el crédito. Y si esta no nos ha compensado por dejar de darnos el servicio, la ley nos permite exigirle esa compensación a la financiera, siempre que previamente se lo hubiéramos reclamado al dentista. @mundiario

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